La condena ideológica de la lucha antifranquista

No son pocos los hechos que ponen sobre la mesa un debate cada vez más pervertido y cada vez más necesario. La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sobre el tratamiento como asesino y terrorista a un supuesto miembro de ETA asesinado por las FOP, Fuerzas de Orden Público en tiempos de Franco, reabre un debate que solo refuerza las tesis de los empecinados en deslindar franquismo y dictadura, como si de fenómenos diferentes se tratara; en contemporizar las consecuencias de hechos y sujetos, inadmisibles desde el punto de vista legal, penal y democrático, como si la responsabilidad criminal recayera en los ajusticiados antes que en la de los verdugos; y en la ocultación de la naturaleza perversa y antidemocrática de un régimen, como si dicho periodo tuviera alguna apariencia de legitimidad o fuera un tiempo de Arcadia feliz.

Porque la discusión se centra ahí: ¿son condenables por la jurisdicción postconstitucional las actividades y protagonistas de aquella lucha antifranquista? ¿Y cabe identificar a quienes participaron en ella como autores de alguno de los delitos que hoy merecen reprensión penal? Permítanme que les diga que se me hace muy difícil participar de la opinión de quienes responden positivamente a esas preguntas.

Se me hace extremadamente duro, si no repugnante, excluir de su consideración social la actividad de quienes participaron de la lucha antifranquista, y más aún si incluso se dejaron la vida en ello. Y se me hace igualmente dura la injustificable comparación que proyectan sentencias como la expuesta, donde se huye de precisar los hechos de su contexto, se omite valorar una más que reprobable actividad policial ilegal, antidemocrática y de tintes criminales en algunos casos, y donde por el contrario se sitúa indebidamente al asesinado como sujeto de la reprobación. Las víctimas, en tiempos de Franco, eran quienes se enfrentaban al régimen, y no quienes imponían sus consecuencias a sangre y fuego.

De la postura contraria, como la sentencia, participan quienes no quieren hacer diferencias allí donde se puede y se deben hacer diferencias. Resulta paradójico que una Justicia que nunca ha renegado del TOP se muestre tan contundente con quienes son víctimas, con independencia de que su hipotética militancia antifranquista fuera en ETA. Son muchos quienes tras participar en aquella ETA se sumaron a los nuevos tiempos incorporando su bagaje personal a su actividad política. De ellos nadie predica ninguna trayectoria censurable, y no es solo la Ley de Amnistía quien permite hoy su consideración pública; es el subconsciente que aceptó durante décadas que “lucha de ETA en tiempos de Franco” es sinónimo de lucha antifranquista. Por eso resulta especialmente chocante que aquel beneficio se reconozca a quienes sobrevivieron a la dictadura, y se niegue a quienes murieron en ella.

Publicado por Noticias de Gipuzkoa-ek argitaratua