Navarra (C.F.N.): Fragilidad de un status jurídico

Encomiable la convocatoria al conjunto de fuerzas políticas y sociales, que hace Uxue Barcos, presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, reclamando el cierre de filas en la defensa del denominado Convenio Económico, status este que conforma el sistema de administración peculiar de las provincias de Navarra y Vascongadas en el marco del Estado español. La unanimidad se da por descontada en una materia que por parte de nuestra ciudadanía es considerada el armazón que estructura nuestra comunidad -provincia, o si se quiere autonomía-. Otra parte de la citada ciudadanía la considera capitidisminuido residuo de la original soberanía del Estado de Navarra, nacida del ejercicio de autodeterminación de un pueblo soberano. El citado Convenio se mantiene como resultado de las dificultades que ha tenido España para alcanzar la completa sumisión de nuestro país; en toda época objeto del hostigamiento por el sistema institucional español y fuente de celos de parte de la sociedad española.

A decir verdad, no es correcto situar exclusivamente en España los riesgos de desaparición de un status que convence por su suficiencia a unos y  ven otros como clavo ardiendo en el seno de nuestra colectividad, en ningún caso a soltar. Es en este punto en donde, al presente, se encuentra el riesgo de mayor entidad para la supervivencia del Convenio, última posición  de la C.F.N. para evitar su anulación dentro del sistema jurídico español.  Nuestra colectividad sufre una fuerte fractura que enfrenta a los partidarios de las dos opciones fundamentales de ordenamiento jurídico que se ofrecen a la C.F.N.; una de ellas proclama la identificación con España, en tanto Nación y Estado; la otra reclama la recuperación de la soberanía arrebatada y reconstitución del Estado de Navarra, con inclusión de los territorios cercenados y sus gentes. Nos encontramos ante planteamientos irreconciliables. Es previsible, en consecuencia, que no se llegue a ningún acuerdo tras una bandera -la autonomía fiscal y financiera de la C.F.N.- que parece de entrada concitar la aquiescencia del conjunto colectivo. Las dos opciones se posicionan tras las fuerzas políticas que propugnan, de una parte el mantenimiento de los lazos institucionales y de toda índole vigentes en el momento con España. El sector contrario proclama, por su parte, su vinculación con las fuerzas sociales que piden la constitución de un Estado soberano que aglutine al reconocido internacionalmente como pueblo vasco. Mimbres difíciles para  una cesta.

Las dudas que se expresan me llevan a desconfiar sobre una posible solución. En todo caso, la contradicción más fuerte parece de los sectores políticos partidarios del marco jurídico español. No por la sinceridad de sus sentimientos de ciudadanos de la C.F.N., sino por la vinculación que mantienen con planteamientos de carácter más general, defendidos por fuerzas políticas españolas que se manifiestan contrarias al Convenio y Concierto económicos del país. Deben ser incluidos entre tales sectores quienes aceptan disciplinas de organizaciones españolas que acostumbran a manifestar el repudio del status jurídico de Navarra y abarcan desde U.P.N. y P.S.O.E  a I.U., cuando menos. A decir verdad, me conformaría  con su capacidad de convicción frente a sus correligionarios españoles de la bondad y justicia del convenio y me importa menos que me convenzan de su disposición positiva en la materia.

La diferencia que separa a la ciudadanía española de la perteneciente a la C.F.N. en su percepción sobre la entidad del Convenio económico reside en la consideración por parte de aquella de que representa un privilegio en el marco jurídico de España, basado -según creen- en la igualdad. La ciudadanía navarra, por su parte, tiene la conciencia de que el Convenio constituye una competencia propia que antecede a la constitución de España en su condición de Estado, quien se encuentra obligado a su preservación, a resultas de los pactos de unión que presidieron la integración en España de la originaria nación navarra. Por lo demás, estas posiciones encontradas se justifican desde la distinta percepción que se tiene de la realidad financiera en la que se encuentra la C.F.N.; los españoles insisten en la calidad de los servicios públicos navarros como  resultado de esta discriminación, al tiempo que lamentan las deficiencias de estos mismos servicios en los territorios del denominado régimen administrativo común.

Para abordar con una perspectiva correcta la cuestión convendría tener en cuenta el proceso que llega hasta nuestros días, a partir de la imposición del dominio español sobre los diversos territorios navarros. En los tiempos de la denominada monarquía absoluta la administración española no ocultaba sus exigencias de exaccionar al máximo los recursos económicos de nuestro país. Fue una constante fundada en el derecho de la corona a imponer su voluntad a sus vasallos. También se caracterizó esta etapa histórica por la queja permanente de España, de que los ingresos de su hacienda no eran suficientes, para abordar los gastos ocasionados por la administración de Navarra. A decir verdad el cotejo de las cuentas evidenciaba el despilfarro en gastos no justificables desde la propia administración española. Con la supresión del ordenamiento jurídico navarro -los Fueros- impuesto por España mediante la unidad constitucional de la monarquía, se toleró el mantenimiento del conjunto de las competencias recaudatorias del fenecido Estado navarro, con el pago de una cantidad a la Hacienda española, justificada en las funciones que ejecutaba el Estado en beneficio de la provincia de Navarra. Sustituía este pago a lo que en el sistema navarro había sido denominado …donativo gracioso y voluntario… No dejaba de representar el viejo tributo con el que se justificaban atenciones en defensa, mantenimiento del orden y otras funciones de la administración española, en absoluto solicitadas por Navarra. Los representantes de Navarra denominaban pacto a una ley emanada de las Cortes españolas -la del 41-, resistiéndose a reconocerla como concesión coyuntural. Pronto quedaría en evidencia la supremacía de España, mediante la interpretación restrictiva con respecto a las competencias residuales que se dejaban a la denominada administración foral y las restricciones a sus prerrogativas recaudatorias. tiempo adelante el inefable Cánovas proclamaría la capacidad de España para modificar todo status de Navarra, gracias a la victoria militar española de 1839 y, más tarde, de 1876. Cánovas o Sagasta, quien en 1897 se declaraba dispuesto a reconocer la autonomía de Cuba, mientras impulsaba a Gamazo en su propósito de destruir la escasa que quedaba a los territorios navarros.

No interesa una descripción más pormenorizada de la trayectoria seguida por la autonomía del país de los navarros, a partir de aquellos tiempos. En síntesis ha constituido un enfrentamiento permanente entre España y sus nacionales, que vienen arrastrando la frustración de constituir el vagón de cola de la Europa imperialista y económicamente desarrollada, frente a la colectividad nacional de Navarra -esta última a veces por caminos contradictorios e incluso equivocados para sus intereses auténticos-, pero que nunca ha dejado de evidenciar su diferencia con relación a España y reclamar el derecho a decidir. Es cierto que tal reivindicación ha podido presentar en demasiadas ocasiones falta de coherencia; por no entender que este derecho no  queda garantizado a una comunidad humana, sino cuando se encuentra en condiciones de ejercitar la autodeterminación. En definitiva ni la sociedad de la C.F.N., ni la de otros territorios de Navarra, pueden engañarse al pretender que disponen de instrumentos con los que no cuentan en realidad. Referirnos a derechos históricos, no reconocidos por nuestros interlocutores y adversarios, o reclamar convocatorias de gamazadas son planteamientos que conducen al fracaso.

En el momento presente la supervivencia del Convenio económico depende de la capacidad que pueda tener España de resolver determinados retos; de los que el que reviste mayor urgencia es Catalunya. A partir de aquí afrontará la cuestión vasca, en condiciones  de mayor libertad de acción, con independencia de los resultados alcanzados en la propia Catalunya. La C.F.N. ha seguido un camino errado en manos de unos dirigentes que han perseguido encerrarnos en una torre de marfil, pretendiendo que nos encontrábamos en una situación de privilegio y marginándonos de nuestro marco natural e histórico; marco este configurado por el Estado vasco de Navarra en principio y posteriormente reconocido como Euskal Herría, una vez que poderes exteriores nos impusieron su dominio. La fragmentación territorial e institucional que presenta nuestro país responde a la convergencia de intereses españoles y de grupos autóctonos privilegiados por su colaboración en el referido dominio. Aludir a una gamazada resulta ridículo, únicamente aceptable por quienes recurren cotidianamente a expresiones como …Fuero,… se obedece, pero no se cumple,… gamazada… y similares. las huestes de Gamazo campean por una Navarra -C.F.N.- que reconoce la capacidad de España para imponer a nuestros ciudadanos los impuestos que considere adecuados, recauda multas de tráfico, permite la desaparición de nuestras entidades financieras y señala además, para más INRI, la cantidad que debemos aportar para la casa real y sueldos de sus diplomáticos. La continuada emisión de voces procedentes de toda España que se refieren a nuestro actual status jurídico, constituye el aviso inmediato de un ataque que ni la C.F.N, ni el resto de territorios navarros superaremos, de no tener suficientemente claro que únicamente la soberanía garantiza el derecho a la supervivencia de una colectividad a la que se pretende anular.