Una aproximación jurídica e histórica a las Ordenanzas del valle de Baztán

Como nota previa he de adelantar que mis títulos podrían alcanzar la clasificación de autodidacta. No avanzaré mis cargos públicos, ni sus vicisitudes, pues ya van incluidos en dicha clasificación, y es que no considero adecuado a la historia mezclar el derecho que se enseña en las universidades con el Derecho que tenían nuestros pueblos.

Con respecto a las referencias que cita Xabier Ezeizabarrena a un trabajo de Urzainki, le diré que debe apreciar el citado Ezeizabarrena que se realizó como informe para obtener del gobierno de Navarra el cambio de las Ordenanzas y poder legalizar así unas modificaciones, que fueran permitidas por las leyes españolas, para hacerlas más participativas en sus miembros y pueblos, ya que en Baztán, merced a las leyes españolas, ni los pueblos ni sus representantes los jurados tienen reconocimiento ni oficialidad ninguna.

Fue ante esta situación, convertidas las Ordenanzas en reglamento municipal, no más, cuando Urzainki hizo el informe que se cita, con el objeto de obtener su modificación, y para esta aplicación de las leyes españolas fue emitido dicho informe.

En cuestión de administraciones de valles en Navarra hay tres estilos, y el único que obvia y veja absolutamente a sus pueblos y representantes es el de Baztán:

a) El de Roncal, Salazar y Aezcoa, en que sus pueblos son ayuntamientos y sus valles las entidades administrativas que gobiernan los bienes comunales.

b) El de Erro, Esteribar y Bertizarana, en el que los valles constituyen los ayuntamientos, y sus pueblos en concejo, administran los bienes comunales.

c) El de Baztán, con 15 pueblos, éstos oficialmente sólo tienen la calificación de lugares. Sus miembros (los jurados de los pueblos) se rigen por las Ordenanzas, como si fueran una vulgar Junta de Veintena, ante un Reglamento municipal de aprovechamientos.

Al respecto del hecho histórico, y la base del mismo como Derecho ejercido por el valle, ya publiqué un trabajo editado por el Centro Cuadernos del Bidasoa (2006 nº 5), titulado Baztango Ordenanzak. En su exposición recojo cómo se fueron perdiendo los derechos propios, al par de las sucesivas imposiciones de las monarquías y dictaduras españolas. Concretamente las Ordenanzas de 1969, que cita Ezeizebarrena, son el subproducto de la modificación hecha por Primo de Ribera y su célula baztanesa el año 1926. Por cierto, sin la anuencia de los regidores de los pueblos, que venían ostentando en el municipio el cargo de concejales en el ayuntamiento, desde la ley municipal española de 1845 (y su copia similar de Navarra).

Las actuales Ordenanzas vigentes en el Valle del Baztán (a cuyo cambio fue dirigido el informe Urzainki) constituyen el mejor testimonio del la forma en que suprimen las normas propias de un pueblo, sus representaciones y su Derecho.

En el año 1440, Baztán litigó ante los alcaldes de la Corte Navarra un pleito contra la Hacienda tributaria. Se declararon ser facedores de su propia tierra, y poder disfrutarla sin tributar por ella, y obtuvieron el reconocimiento. Igualico que ahora, al compás de lo que reducidamente he detallado.

De ahí a decir que su texto jurídico -tiene- características vitales que les otorgan de especial interés en la actualidad, -como- su singularidad propia hasta nuestros días, …. su protección constitucional a través de la cláusula de los Derechos Históricos, …. su visión pionera de la sostenibilidad ambiental, económica y social, es tergiversar la historia, el derecho y cualquier atisbo de realidad.

Conozco el trabajo de LAKASTA, M. “Estudio predoctoral”, UPV/EHU, 2006, y el mismo sólo refleja los quiebros que deben hacer los universitarios en las universidades españolas del país vasco para obtener plaza en ellas. Seguro que asimilando lo aquí lo expuesto (y someto su veracidad a réplicas), Lakasta no hubiera obtenido su titulación.

Las potestades actuales de las Ordenanzas del Valle de Baztán no resisten un examen superficial de cualquier secretario de municipio, y pretender darles carta de modélicas es engañar al personal.