¿La ofensiva del TC puede acortar los diecisiete meses?

El Tribunal Constitucional español vuelve a la ofensiva con la suspensión cautelar del Departamento de Asuntos Exteriores y el incidente de ejecución de la sentencia de la declaración del parlamento del 9 de noviembre contra la decisión de crear una comisión de estudio del proceso constituyente. Esta situación hace pensar en la posibilidad de que elementos ajenos a la voluntad del gobierno y de los partidos comprometidos con el proceso de independencia conduzcan a una aceleración de la hoja de ruta que precipite el desenlace antes de los famosos dieciocho meses.

Estos dieciocho meses que tiene el gobierno -ahora ya son diecisiete- para completar el proceso son orientativos. Lo han dicho incluso los firmantes del pacto. Tanto puede que convenga alargarlo tres meses como acortarlo cuatro, por poner un ejemplo. Una cosa es el tiempo óptimo para completar los preparativos necesarios para hacer el cambio de legalidad, la proclamación y las elecciones constituyentes y otra cosa son los factores externos que no dependen directamente de lo que quieran y hayan previsto los independentistas. Si el objetivo primordial es ‘hacerlo bien hecho’ -como han repetido constantemente los dirigentes políticos y gobernantes independentistas-, puede convenir el avanzar el fin de esta legislatura de transición. Entonces, el parlamento debería aprobar rápidamente las leyes de transitoriedad jurídica, de proceso constituyente y de hacienda propia y seguridad social para que el presidente Carles Puigdemont pudiera convocar unas elecciones constituyentes emanadas de la nueva legalidad. ¿Pero cuáles son estos factores que pueden conducir a un desenlace precipitado del proceso de independencia?

Inhabilitaciones y suspensión de cargos por desacato

En primer lugar están las posibles consecuencias penales de la ejecución de la sentencia contra la declaración de inicio del proceso de independencia. El TC consideró inconstitucional y nula la declaración y cualquier acción del parlamento o del gobierno que consista en aplicar esa declaración será considerada un desacato a la sentencia. Con la reforma de la ley del Tribunal Constitucional, este órgano judicial puede sancionar penalmente a quienes desobedezcan sus dictados. La creación de la comisión del proceso constituyente, que debía ser presidida por Muriel Casals, puede ser entendida como un primer desacato de la sentencia. También pueden considerarse desobediencia la formación de las ponencias conjuntas de las tres leyes de desconexión señaladas en aquella declaración del 9 de noviembre.

Las sanciones por desacato de sentencias del TC pueden llegar a la inhabilitación de cargos públicos e institucionales, empezando por la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, y continuando por los miembros de la mesa y los de la comisión parlamentaria. El gobierno y los grupos del parlamento comprometidos con el proceso independentista ¿podrían dejar pasar una inhabilitación de sus representantes o de la segunda autoridad institucional del país (la presidencia del parlamento)? Si la vía es la inhabilitación de cualquier que quiera avanzar en las tareas parlamentarias del proceso, gobierno y parlamento pueden reaccionar avanzando la desconexión legal con la aprobación de la ley de transitoriedad jurídica que implicaría la instauración de la nueva legalidad catalana sobre la que los tribunales españoles ya no tendrían ninguna competencia.

Asuntos Exteriores

Sobre la mesa también está desde ayer la suspensión cautelar del Departamento de Asuntos Exteriores. No hay ninguna sentencia firme y ahora el gobierno tiene veinte días para aportar los documentos y las alegaciones que considere convenientes, pero el acuerdo del tribunal implica la suspensión automática del decreto de creación de la conselleria, porque el gobierno español invocó el artículo 161.2 de la constitución española, que establece que el decreto impugnado queda sin efecto por un plazo inicial de cinco meses.

De momento, el presidente Puigdemont ha dicho que el gobierno continuaría haciendo ‘acción exterior’ y que Raül Romeva continuaría siendo consejero con esta competencia. Puigdemont insistió ayer en que la acción exterior era una competencia estatutaria que tenía la Generalitat, claramente reconocida por la sentencia del TC sobre el Estatuto. ‘No renunciaremos a ello de ningún modo’, dijo. Con todo, habrá que ver si ‘seguir haciendo acción exterior’ significa mantener el nombre de la conselleria tal como está ahora -Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y transparencia- o si el gobierno está dispuesto a renunciar al nombre y cambiarlo por el de ‘Departamento de Acción Exterior’ para esquivar la polémica y continuar haciendo lo que tenía previsto. Si el gobierno hace caso omiso de la suspensión dictada por el TC, puede abrirse un nuevo conflicto con implicaciones similares a los de la sentencia de la declaración de inicio del proceso aprobada en el parlamento.

Condena de Mas, Ortega, Homs y Rigau por 9-N

El tercer conflicto jurídico abierto que puede llevar a una aceleración del proceso es la querella penal contra Artur Mas, Joana Ortega, Irene Rigau y, quizás, Francesc Homs por la organización del proceso participativo del 9-N de 2014. si el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña -ahora presidido por un magistrado muy hostil al independentismo- emite una sentencia condenatoria, ‘la respuesta no podrá ser de aceptación ni de hacer como si no pasara nada’, explicaron fuentes del gobierno a VilaWeb.

Estas fuentes consideran también que el impacto internacional que tendría una condena de inhabilitación e, incluso, de prisión de tres o cuatro gobernantes por haber organizado una consulta ciudadana sería una oportunidad de avanzar unas cuantas pantallas del proceso. Con todo, aún no está decidida la reacción institucional a la posible condena, que debería ser coordinada con la reacción cívica que implicaría a las organizaciones de la sociedad civil.

Un referéndum

Desde una perspectiva más positiva y no tan represiva como la de los casos mencionados hasta ahora, también hay que pensar que un gobierno español dispuesto a convocar un referéndum vinculante sobre la independencia de Cataluña sería un factor acelerador del desenlace del proceso (en el caso de una victoria independentista, claro). Un referéndum vinculante implicaría un proceso de negociación y gestión del resultado con el correspondiente reparto de activos y pasivos, y un calendario de desconexión negociado. Ninguna de las fuentes consultadas para hacer este artículo prevé seriamente la posibilidad de esta hipótesis, porque requiere una mayoría política en España que no existe.

Por tanto, los elementos que pueden precipitar el desenlace del proceso son de carácter judicial y represivo y en manos de España. La ofensiva del TC de esta semana hace prever una primavera movida y el gobierno prepara respuestas para cada tropiezo de España. Las fuentes consultadas por este diario coinciden en una cuestión: hay que evitar que sea el Estado español el que marque la agenda y el ritmo del proceso. Y esto implica que las respuestas previstas no siempre sean inmediatas, sino que será el gobierno y la mayoría parlamentaria quienes gestionarán las variaciones en la hoja de ruta prevista para estos diecisiete meses restantes.

VILAWEB