Cuando hace cuatro años del exilio y de la defensa jurídica de los políticos catalanes que decidieron seguir luchando fuera, quizá sea un buen momento para resumir lo logrado y reflexionar sobre lo que tenemos pendiente. Me limitaré a la parte que me corresponde, que no es otra que la jurídica.
Con base en la decisión política y humana adoptada por el president Puigdemont y parte de su gobierno, se estructuró una línea de defensa que permitiera, en un plazo razonable de tiempo, establecer, por un lado, el carácter represivo de la persecución penal a la que serían sometidos; por otra parte, evitar sus respectivas entregas en España, y, finalmente, generar unos mecanismos de defensa que les permitieran asegurarse un espacio de libertad desde el que poder seguir haciendo política, desmontar la causa que se esgrimía en contra de ellos y regresar a Cataluña como personas libres y comprometidas que son.
La tarea no era fácil y menos en un momento de gran incertidumbre y con un relato monolítico según el cual se trataba de unos golpistas que habían huido por miedo a afrontar sus responsabilidades. Seguramente, el mayor de los logros alcanzados hasta ahora ha sido, justamente, desmontar este relato y el resto de los relatos que se han ido gestando de forma sistemática para encubrir el fracaso de la estrategia represiva.
Todo empezó a trancas y barrancas, pero desde que conocí a quienes serían mis defendidos tuve claro que había defensa y que ellos serían una parte esencial de la misma; poco a poco nos fuimos conociendo, fue aumentando la confianza y, sobre todo, fuimos interactuando de forma que lo jurídico les permitiera continuar haciendo aquello por lo que se fueron al exilio.
Mientras en España todos iban a prisión, el primer triunfo exterior consistió en conseguir que los exiliados quedaran en libertad después de ponerse, voluntariamente, a disposición de las autoridades belgas; esta decisión fue mal encajada en las altas instancias jurisdiccionales españolas pero fue una clara muestra del choque de culturas jurídicas que se produciría a lo largo de todo este proceso… Mientras en España se utilizaba la prisión provisional, en Europa, por los mismos hechos, se acordaba la libertad… Como suele ocurrir en los países con una cultura democrática consolidada.
Noviembre de 2017 fue un mes muy intenso en el que todo el equipo jurídico rápidamente montado para este caso tuvo que estudiar bien la etiología del caso, perfilar las líneas de defensa, conocer los diferentes argumentos, buscar las pruebas, traducirlas y desplegar la defensa… Pero la recompensa llegaría el 4 de diciembre de ese año una vez celebrada la vista y habiendo comprobado que el caso no era, jurídicamente hablando, viable, por lo que, al día siguiente, el juez Llarena cometió el primero de sus grandes errores estratégicos: retiró esa orden europea de detención y entrega (OEDE).
Este primer éxito generó un lapso de tiempo que permitió a nuestros defendidos poder continuar con su actividad y ganar las elecciones del 21 de diciembre de ese año, ya nosotros, los abogados, empezar a prepararnos para una batalla que, estábamos seguros, llegaría más temprano que tarde; así sucedió a partir del 23 de marzo de 2018, cuando se decretó el procesamiento del president y todo su gobierno.
Dos días más tarde, el president Puigdemont fue detenido en Alemania cuando regresaba a Bélgica para ponerse a disposición de las autoridades judiciales de ese país; la alegría en el Estado era comparable a la vivida cuando se ganó la copa del mundo en Sudáfrica… sólo que en esta ocasión no había ningún motivo para una alegría tan injustificada.
Doce días duró la alegría hasta que, y de nuevo tomando como base criterios de interpretación democrática del derecho, fue puesto en libertad, lo que congeló sonrisas y abrió la puerta a todo tipo de especulaciones, maledicencias y desvaríos de opinión carentes de cualquier fundamento. Ni conocían el derecho alemán, ni el europeo, ni eran capaces de comprender cómo se aplica el derecho en términos democráticos.
En paralelo a lo que se había vivido en Alemania, en Bélgica y en Escocia la situación no era diferente: Comín, Serret, Puig y Ponsatí se habían presentado voluntariamente ante las autoridades correspondientes y todos gozaban de libertad provisional.
Mientras, todos los ojos estaban puestos en Schleswig-Holstein y en buscar la fórmula para llevar al president Puigdemont ante el Supremo español y fuimos capaces de construir una línea de defensa sólida, coherente y clara que comportó, en Bélgica, la devolución de la OEDE por estar mal tramitada… Fue entonces, el 16 de mayo del 2018, cuando muchos conocieron el nombre de Bob-Dogi y lo que era relevante de la sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había dictado en su caso.
Dos meses después, y de vuelta a Alemania, el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein rechazó entregar al president Puigdemont por entender que los hechos no eran constitutivos de rebelión, ni de sedición, ni de desórdenes públicos; era, si se hubiera utilizado adecuadamente, un torpedo en la línea de flotación de la causa que seguía su curso en el Tribunal Supremo, aunque autorizaba la entrega por malversación, no porque existiera sino porque entendían que era un delito comprendido en el catálogo de entregas automáticas establecido para las OEDE.
Llarena, en el que fue su segundo gran error estratégico, rechazó la entrega sólo por malversación y procedió a retirar todas las OEDE en curso, por lo que nunca pudimos saber, aunque tenemos bases sólidas para intuirlo, cómo resolvería Escocia la reclamación contra Clara Ponsatí.
A partir de estos resultados el siguiente paso consistía en ganar un espacio de libertad mayor para que los exiliados pudieran desarrollar aquella actividad política que les llevó al exilio, y eso dependía, entre otras cosas, de ganar unas elecciones europeas y, según estos resultados, construir el andamiaje jurídico que les garantizase su libre circulación y el retorno a Cataluña. Sabíamos, en cualquier caso, que estábamos ya en terreno inexplorado y, por tanto, había que ir paso a paso sobre una base jurídica muy sólida que era, justamente, la que le faltaba y le falta a la causa del Supremo.
El trabajo de los exiliados, y la confianza de los ciudadanos de Catalunya, les llevó a ganar los escaños en el Parlamento Europeo y, a partir de ahí, nos tocaba a nosotros defender sus derechos y libertades, algo que empezamos a hacer junto con Pep Costa y otra persona más, desde ese mismo instante.
Conseguir que se les reconociera la condición de eurodiputados no fue sencillo, incluso diría que hubo momentos en los que propios y extraños dudaban de lo que estábamos haciendo, pero los que nunca dejaron de confiar en nuestro trabajo fueron los exiliados y esto fue fundamental.
Mientras librábamos la batalla por los escaños, se dictó la sentencia del proceso y, a partir de ahí, Llarena cursó, por tercera vez, las OEDE que ahora, por imperio de la ley y en contra de su criterio, están suspendidas.
Con las OEDE en vigor, y a pesar de a quien le pese, el 20 de diciembre del 2019 Luxemburgo nos dio la razón y forzó así a un reticente Parlamento Europeo a reconocerlos como eurodiputados, con lo que esto implicaba. Una vez asumidos los escaños, el Supremo no perdió tiempo solicitando el suplicatorio ante el Parlamento Europeo y es ahí donde empezó la segunda fase de la defensa del exilio y que, ahora, está relativamente a punto de terminar.
Los suplicatorios tardaron más de lo previsto en sustanciarse y esto fue producto, principalmente, de la pandemia y sus restricciones, pero, finalmente, la vista a puerta cerrada ante el comité JURI del Parlamento Europeo tuvo lugar el 13 de enero. Sabíamos que esta vista no serviría de nada, puesto que este comité estaba controlado a través de una fuerte presencia del nacionalismo español dirigido por el eurodiputado Adrián Vázquez; sin embargo, era un trámite ineludible y que aprovecharíamos para que los tres eurodiputados expusieran un resumen de los cientos de páginas de alegaciones que habíamos ido aportando a lo largo de los meses precedentes y que desmontaban la petición de levantamiento de la inmunidad.
A la vista, llegábamos muy reforzados porque días antes, el 7 de enero de 2021, la Cámara de Apelaciones de Bruselas nos había dado la razón ratificando la decisión adoptada por el Tribunal de Primera Instancia de Bruselas del 7 de agosto de 2020, mediante la cual se denegaba la entrega de Lluís Puig de forma definitiva; este éxito se debió, entre otras cosas, a la propia actuación del juez Llarena, que aportó documentación sobre la legislación española que no dejaba ninguna duda sobre la falta de competencia del Tribunal Supremo, lo que se convirtió en su tercer gran error.
Tan importante era ese resultado como el contenido de la sentencia, que estimaba que no se podía proceder a la entrega porque existía riesgo evidente de que se vulnerara su derecho a la presunción de inocencia y porque el Tribunal Supremo no era el competente para investigar los hechos por los que se le reclamaba. Era una victoria doble que contrastaba con la competencia autoconcedida por parte del Supremo para condenar al resto de miembros del govern del president Puigdemont a elevadas penas de prisión.
El 9 de marzo de 2021 el pleno del Parlamento Europeo procedió a votar la propuesta de levantamiento de la inmunidad y así se acordó, no sin que el nacionalismo español se llevara una gran sorpresa: fue aprobado por el 58 contra el 42% de los votos de la cámara, por lo que, al menos, cuatro de cada diez diputados europeos consideraban que se trataba de una persecución política. Si hoy se repitiera esta votación, seguramente, el resultado sería mucho más favorable a la vista de los recientes comportamientos del Tribunal Supremo.
Nada más concederse el suplicatorio, el juez Llarena procedió a remitir una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no sin “perderse en la traducción”, lo que fue rápidamente puesto en evidencia por el propio TJUE.
Más que las respuestas que le entregue el TJUE a estas cuestiones prejudiciales, que todos las podemos intuir, la estrategia seguida para su planteamiento no es otra que ganar tiempo, mantener el ‘statu quo’ e intentar generar alguna situación, como la recientemente vivida en Italia, en la que pudiera procederse a la detención de los exiliados y su entrega a España.
El juez Llarena, como todo buen jurista, conoce las normas que regulan las cuestiones prejudiciales y, por tanto, sabe perfectamente que su presentación suspende el procedimiento del que llevan su origen; sin embargo, y como descubrimos el 23 de septiembre, él no sólo no suspendió el procedimiento, sino que mantuvo en vigor las OEDE, lo que no conocía ni la abogada del Estado que representa a España en el TJUE.
En paralelo a todo este devenir procesal, contra la resolución del Parlamento Europeo interpusimos una demanda de anulación ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) y solicitamos unas medidas cautelarísimas que nos fueron otorgadas al junio. Esta medida fue recurrida por el Parlamento Europeo y por España, que se sumó al procedimiento a título de interviniente y, a la vista de lo expuesto, especialmente por España, el TGUE entendió que no eran necesarias las medidas cautelares porque el procedimiento de origen y, por tanto, las OEDE estaban suspendidas. Éste era el entendimiento general, pero Llarena tenía otra visión y otros planes.
Justamente de estos planes y visión nos enteramos cuando el president Puigdemont aterrizó en Alguer la noche del 23 de septiembre y fue detenido en virtud de una OEDE que todos, incluida la representación del Reino de España, entendíamos que estaba suspendida. Pocas horas fueron suficientes para su puesta en libertad porque la juez encargada de su situación personal asumió, tal y como se esperaba, que, de acuerdo con el Estatuto del Tribunal de Justicia, la OEDE estaba suspendida y que el presidente gozaba de plena inmunidad.
Una semana después, y pese a los lamentos de algunos, la Cámara de Apelaciones de Sassari ratificó este entendimiento y dejó suspendido, ‘sine die’, el procedimiento abierto días antes a instancia del juez Llarena.
No pasaría de ser una anécdota más de estos años lo vivido en Italia, pero las consecuencias de tal despropósito se verán en los próximos meses, y se demostrará que se ha tratado del cuarto gran error del juez Llarena, ya que si algo ha quedado claro de tan desleal comportamiento es que hay una evidente pérdida de imparcialidad por parte del juez Llarena y, lo que es peor, que con el propósito de encarcelar al president y los exiliados se llega a límites incompatibles con el buen hacer judicial en Europa y que se basa en la confianza mutua.
Los diversos procedimientos que tenemos abiertos frente al TGUE y las prejudiciales frente al TJUE son la etapa final en la colocación de las piezas de un puzzle que empezamos a construir el 29 de octubre de 2017 y que ahora, después de muchos disgustos, mucha represión y un elevado coste personal, empieza a entenderse y que, sin duda, en los próximos meses se acabará de visualizar.
Es de estos diferentes procedimientos de los que surgirá un marco jurídico que garantice plenamente la inmunidad de los tres eurodiputados y que permita que puedan volver, mucho antes de lo que muchos deseaban, a Cataluña, y, a esto, hay que unir algo esencial: de las prejudiciales planteadas por el juez Llarena surgirá otra serie de respuestas que le permitirán garantizar a Lluís Puig su libre circulación, así como algo que venimos discutiendo desde un principio: que el Tribunal Supremo no es el órgano competente para entender de los hechos por los que se les reclama a los cuatro exiliados.
No era jurídicamente factible discutir todos los problemas legales surgidos a raíz de la represión desatada después del 1 de octubre de 2017, había que segmentar los temas, plantearlos en varios escenarios y llevarlos, finalmente, todos ante la justicia europea, éste ha sido el trabajo realizado estos cuatro años.
En ninguno de estos procedimientos estamos buscando una respuesta que comporte un esfuerzo ni al TGUE ni al TJUE en el que tengan que cambiar su jurisprudencia o crear una nueva; todo lo que hemos pedido se ajusta, acumulativamente, a lo que ya han establecido ellos en diferentes casos y sentencias y, ahora y debido a la complejidad del caso catalán, les pedimos que pongan todo esto en línea y den la respuesta que, conforme al derecho de la Unión, permita desjudicializar la política y llevar el conflicto allá de donde nunca debería haber salido: la negociación política.
Nuestro trabajo ni ha consistido ni consiste en solucionar la parte política del conflicto sino, simplemente, desjudicializar la política para que las partes se puedan embarcar en un proceso de negociación que les lleve a una solución satisfactoria para todos. Este proceso político sólo puede hacerse entre personas libres, que se reconozcan mutuamente en sus derechos y legitimidades, y que estén dispuestas a mirar el futuro, que es justamente lo que ha fallado hasta ahora por parte de quienes arrastraron la política a los juzgados y, también, de los que han apostado por salidas individuales a lo colectivo.
Han sido cuatro años vertiginosos, cuatro años en los que hemos pagado un precio muy alto, pero sin duda han sido cuatro años que han merecido la pena porque hemos podido estar en el lado correcto de la historia.
REPUBLICA.CAT