Las 10 preguntas y respuestas principales del informe del Consejo Asesor para la Transición Nacional sobre la consulta de independencia

El gobierno ya tiene el documento que explora todas las vías jurídicas y políticas para consultar a los ciudadanos sobre la independencia

El Consejo Asesor para la Transición Nacional (CATN) ha entregado al gobierno el primer informe de los diecinueve que le han sido encargados. El documento (PDF) hace propuestas concretas para la realización de la consulta, a partir de un exhaustivo análisis legal. Es un documento de 221 páginas, firmado por los trece miembros del consejo. A continuación ofrecemos las diez preguntas y respuestas básicas del informe.

¿Hay legitimidad para hacer una consulta sobre el futuro político de Cataluña?

 

Sí. El informe presenta datos demoscópicos según las cuales un 75 por ciento de los votantes están a favor y presenta también once argumentos de la tradición y legislación democrática que le dan sentido.

¿Qué se debe preguntar a los ciudadanos?

 

El informe plantea varias posibilidades pero termina recomendando una pregunta directa y única sobre la independencia de Cataluña. La pregunta, sin embargo, debe ser redactada de la manera más neutral posible.

¿Qué instrumento jurídico se puede usar para hacer la consulta?

 

El informe identifica cinco vías posibles dentro del actual ordenamiento político que podrían servir para hacer una consulta legal. En caso de que todas ellas fracasen por la oposición del Estado el consejo propone unas elecciones plebiscitarias.

 

¿Quién votaría en la consulta?

 

El informe propone que los ciudadanos de Cataluña mayores de dieciséis años.

 

¿Qué resultado habría que conseguir?

 

El voto de la mitad del censo más uno sería un quórum suficiente y un resultado de la mitad de los votantes más uno serían un resultado suficiente.

¿En el caso de que sea necesario como se harían unas elecciones plebiscitarias?

 

El presidente de la Generalitat puede convocar elecciones y no necesita ningún permiso para hacerlo. Si las convoca, los partidos que lo deseen podrían presentarse con un programa que incluyera la proclamación inmediata por el parlamento de la independencia. Si ganan, el parlamento votaría la independencia después de constituirse.

 

¿España podría impedir una declaración de independencia unilateral?

 

Como recurso extremo España podría anular la autonomía o implantar un estado militar pero eso ya situaría el debate en otro nivel, no jurídico sino político. Y tendría consecuencia internacionales claras. Cataluña debería dirigirse a la Unión Europea y a la comunidad internacional.

¿Cuándo debería hacerse la consulta?

 

El consejo propone que se haga entre el 24 de agosto y el 31 de diciembre. En ningún caso se debería hacer el 11 de septiembre, porque se consideraría una fecha tendenciosa a favor del sí y el mismo consejo opina que hay que tener en cuenta que el referéndum escocés está previsto para el 18 de septiembre. Entiende por ello que el referéndum catalán debería ser entre el 24 de agosto y el 18 de septiembre o ya a partir de finales de diciembre o en el 2015 para impedir que el resultado escocés le afecte.

¿Quién supervisaría la celebración de la consulta?

 

El consejo propone la creación de una Sindicatura Electoral de Cataluña, responsable de la consulta.

¿El informe es vinculante?

 

No. El informe es consultivo sólo pero es evidente que tendrá un peso enorme en la decisión final del gobierno.

 

 

El Consejo Asesor propone un referéndum a partir del 24 de agosto de 2014 con una pregunta directa sobre la independencia de Cataluña

 

Entrega su primer informe al gobierno. El informe plantea las elecciones plebiscitarias y la declaración unilateral de independencia como alternativa si el Estado no acepta ninguna forma de consulta

 

 

El Consejo Asesor para la Transición Nacional (CATN) ha entregado al gobierno el primero de los informes que le han sido encargados. El documento hace propuestas concretas para la realización de la consulta, a partir de un exhaustivo análisis legal. Es un documento de 221 páginas, firmado por los trece miembros del consejo. Los miembros del CATN, con su presidente, Carles Viver Pi Sunyer, a la cabeza, han entregado el informe al presidente de la Generalitat, Artur Mas, y los consejeros de Presidencia y de Justicia, Francesc Homs y Germà Gordó. El encuentro ha comenzado una hora y media tarde porque el pleno del parlamento sobre empleo juvenil se ha alargado más de lo previsto, lo que ha impedido que la vicepresidenta Joana Ortega asistiera a la reunión.

 

El documento afirma, tras analizar datos de encuestas y resultados electorales, que alrededor de un 75 por ciento de los catalanes está a favor de la celebración del referéndum. También analiza los argumentos legitimadores de la consulta, que aparte de la legitimidad histórica se concreta en diez argumentos políticos más basados en la concepción democrática y la práctica internacional. Después considera cuáles son las estrategias jurídicas que permitirían la convocatoria de una consulta legal, tanto en el marco español como en los marcos europeos e internacionales. Y finalmente plantea cuáles son los elementos clave de esta consulta.

 

 

¿Cómo se hará la consulta?

 

El consejo identifica cinco procedimientos de derecho interno, a partir de los cuales podría convocarse de manera legal la consulta. También analiza los procedimiento del derecho europeo e internacional que podrían avalarla, remarcando once razones que la legitiman.

 

Sobre la manera de convocarla el informe indica que es posible usar varias vías: los referéndums regulados y convocados por el Estado, la delegación de transferencia de competencias por parte del Estado, los referéndums previstos en la Ley catalana 4/2010, de las consultas de la proposición de ley catalana de consultas populares no referendarias o incluso una reforma de la constitución española.

 

En cualquier caso la propuesta concreta que hace el consejo es usar en primer lugar una de las dos vías basadas en la legislación catalana y uno de los procedimientos previstos en la constitución española. Pero siempre evitando que ello conlleve una dilación del proceso.

 

 

La pregunta

 

Sobre la pregunta a hacer el informe analiza la posibilidad de hacer un referéndum con varias preguntas pero se decanta por hacer una pregunta única y directa sobre ‘el voto favorable o no a que Cataluña se convierta en un Estado independiente’.

 

Sobre la fecha del informe explica que el periodo idóneo para hacer la consulta del 24 de agosto a finales de 2014 pero teniendo en cuenta que Escocia vota el 18 de septiembre. Esto quiere decir que en caso de no hacerlo antes de ese día sería conveniente aplazarlo hasta finales de 2014 o primeros de 2015.

 

Sobre el censo electoral el informe recomienda que voten los ciudadanos de Cataluña mayores de 16 años. También recomienda especial cuidado en garantizar el voto de los catalanes residentes en el extranjero. La consulta no necesitaría un límite mínimo de quórum aunque se recomienda la mitad más uno del censo electoral. La mayoría de los votos más uno marcarían el resultado.

 

El informe explica también cuál podría ser la autoridad electoral responsable del referéndum y propone la creación de una Sindicatura Electoral de Cataluña.

 

 

¿Qué pasará después del referéndum?

 

El informe evalúa también en detalle los resultados de la celebración del referéndum. Concretamente explica que una victoria del no no podría considerarse jurídicamente como una opción a favor del mantenimiento de la situación actual, aunque políticamente esta sería la consecuencia lógica.

 

Si en cambio ganara el sí el informe considera que el Estado español se vería obligado a negociar la independencia con la Generalitat o a abrir una reforma de la constitución española. En el caso de que el Estado no aceptara la consulta el problema, afirma el documento, sería ‘de naturaleza esencialmente política y no jurídica’. Esto podría llevar a una mediación internacional o ‘como última solución’ a la declaración unilateral de independencia.

 

Todo esto dependería en cualquier caso de la modalidad de celebración del referéndum y de si se hace de acuerdo con el Estado o no.

 

 

Vías alternativas

 

El informe apunta también vías alternativas en caso de no poderse hacer la consulta legal. Una, que el informe considera poco adecuada, sería la celebración de consultas al margen de las disposiciones legales, al estilo de las consultas populares realizadas hace años.

 

La otra vía sería la de las elecciones plebiscitarias, que es considerada como la ‘más adecuada’. En este caso los partidos que lo consideren conveniente se presentarían a las elecciones con un programa electoral que tendría ‘como objetivo único o primordial la consecución de la independencia de Cataluña, que podría concretarse en una declaración unilateral de independencia (DUI) adoptada por Parlamento que salga de las elecciones’.

 

El informe aconseja tramitar la declaración como una iniciativa legislativa, como proposición de ley por el procedimiento de urgencia. La Mesa del Parlamento debería decidir si haría falta mayoría simple o absoluta para aprobarla.

 

¿Como puede el Estado intentar frenar el proceso?

 

Uno de los apartados más novedosos del estudio es el análisis que hace de los instrumentos que podría usar el Estado para impedir el proceso. Dependiendo de las vías de convocatoria de la consulta, el Estado podría usar sus competencias para impedir su celebración. Donde lo tiene más difícil de argumentar es con las elecciones plebiscitarias. Pero incluso en este caso podría hacer uso del artículo 155 de la constitución.

 

Ante la declaración unilateral de independencia se estima que el Estado podría recurrir también al mecanismo de excepciones del artículo 155 de la constitución o a la declaración del estado de excepción o sitio. El informe considera que el Estado podría intentar aplicar los delitos de rebelión o sedición pero que esto sería muy discutible y cree que una declaración de independencia no justificaría las declaraciones de excepción o sitio teniendo en cuenta el actual ordenamiento jurídico .