En esta entrevista el abogado detalla el potencial de la sentencia del TJUE: «En Estrasburgo pondrán el apellido a la minoría nacional»
El efecto dominó ya ha comenzado, dice Gonzalo Boye. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de esta semana sobre las euroórdenes de Llarena ha ido dejando helada la sonrisa de jueces, fiscales, políticos y periodistas españoles que cantaron victoria sin saber muy bien lo que decía. «Es una goleada», dice el abogado en esta entrevista, en la que explica detalladamente el impacto que puede tener tanto para los exiliados como para los condenados que esperan sentencia en Estrasburgo. Y no sólo eso: el reconocimiento del grupo identificable de personas que pueden verse en riesgo «es el primer paso para el reconocimiento de la minoría nacional catalana». ¿Habrá retorno inmediato de los exiliados? “Yo soy el cirujano”, responde Boye, que saca al bisturí y vuelve a abrir la sentencia.
— El gobierno de Sánchez dice que este año Carles Puigdemont será extraditado.
— Yo recuerdo un twit de Pedro Sánchez de 2011 diciendo “cuando yo sea presidente del gobierno de España reconoceré a Palestina como Estado independiente”. Y no ocurrió.
– Propaganda.
— Entiendo que los políticos tienen ese negocio, pero yo me muevo en el mundo del derecho, donde las cosas tienen unas vías y plazos. Y si a nosotros nos fuera todo mal, que ya es imposible, hablaríamos de bien entrado 2024 para un comienzo de resolución sobre una potencial extradición del president Puigdemont. Una extradición que no va a pasar.
— Explique este calendario.
— Nosotros tenemos las demandas contra el suplicatorio en el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), y tenemos unas cautelares concedidas por el vicepresidente del TJUE. Cuando el TGUE dicte esta sentencia, si es a nuestro favor –y nosotros creemos que lo será–, recuperarán su inmunidad y no serán necesarias las cautelares. Pero si no lo fuera, tendríamos el derecho de ir en casación, que tardará entre ocho meses y diez meses en resolverse. Mientras tanto, tendrían la inmunidad. Llegaríamos a diciembre. Luego, si perdiéramos la casación en el TJUE, debería irse a un procedimiento de entrega en Bélgica, con las condiciones que ha puesto el TJUE esta semana.
— Y a empezar de nuevo en Bélgica.
— Habría una primera instancia, que duraría unos dos meses, y después una apelación que duraría entre cuatro y seis meses, si no fuera que en medio hubiera alguna cuestión prejudicial en el TJUE. De modo que ya nos situaríamos entre julio y agosto de 2024. Y contra esto todavía estaría la opción de recurso de casación en Bélgica, y nos iríamos a diciembre de 2024. Quizás si a Pedro Sánchez se lo hubieran contado con una hoja de Excel no diría estas cosas.
— Y ésta es la peor hipótesis de todas.
— Los abogados siempre tenemos la obligación de partir del caso peor. Lo mejor es que nos den la razón en la demanda de la inmunidad. Habría la opción de que el Parlamento Europeo recurriera en casación, algo que dudamos. Si no, la sentencia sería ejecutable y tendrían la inmunidad en los veintisiete estados miembros, a no ser que España quisiera incumplir una sentencia del TGUE.
— Y si el TGUE diera la razón al Parlamento Europeo con el suplicatorio, ¿tendrían que volver a pedirse las cautelares al TJUE para tener la inmunidad?
— Pensamos que no, porque entonces se privaría de efecto el recurso que presentaríamos en casación. Pero si tuvieran que volver a pedirse nos las volverían a dar.
— ¿No habría opción de perderlas?
— Yo creo que después de la sentencia del martes sería aún más difícil. Porque nuestro primer punto de alegaciones en la causa del suplicatorio es que quien lo pedía no era competente para ello. El TJUE ha establecido en el párrafo 100 que, efectivamente, no es competente. Y eso habría tenido que valorarlo el Parlamento Europeo, pero lo pasó por alto.
— Una buena sentencia sería que tumbaran el suplicatorio. Pero para que fuera muy buena haría falta que el tribunal dijera que la inmunidad recuperada los protege también en España, contrariamente a lo que dice Llarena.
— Creo que el TGUE, tras la vista del pasado 25 de noviembre, tiene claro que no puede dejar nada a la interpretación de España.
— ¿O sea que se pronunciará al respecto y será favorable a los exiliados?
— Sí.
— Si así fuera, ¿podría implicar un retorno inmediato de Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí?
— Jurídicamente, sí. La decisión política del momento es de ellos. Yo aquí soy el cirujano, y la decisión la tomarán ellos cuando lo consideren oportuno.
— Dado que Llarena retiró el 12 de enero la euroorden que motivó este suplicatorio, ¿la causa puede perder objeto?
— Creo que no. Llarena retiró la euroorden que originó el suplicatorio. Y ese suplicatorio es sólo para continuar el procedimiento de ejecución de esta euroorden que ya no existe. Para otra euroorden, necesitará un nuevo suplicatorio. Pero esto no quiere decir que el Parlamento Europeo no hubiera vulnerado los derechos de los parlamentarios Puigdemont, Comín y Ponsatí en esos momentos.
— ¿El TGUE podría decir que el suplicatorio se hizo bien pero que si Llarena quiere una nueva euroorden debería pedir otro?
— Sí. Por eso los cálculos de Pedro Sánchez no encajan en modo alguno. Porque en el peor de los casos para nosotros, el juez belga le dirá: ¿qué suplicatorio tiene para poder hacer esto? El suplicatorio no es un levantamiento general de la inmunidad sino un levantamiento específico con efectos específicos.
— Con estos cálculos de calendario que hacemos nos vamos a final de la legislatura europea, el verano del próximo año…
— Eso tendrán que decidirlo los electores, el abogado no se puede meter ahí.
— Pero el abogado puede trabajar en un blindaje jurídico para que los eurodiputados puedan volver a presentarse a las elecciones.
— Y si trabajara en ello, no se lo diría.
— ¿Y si insisto?
— Le diría que se ha cortado la comunicación y que no le escucho bien [sonríe].
— No queda tanto. Y ya se ha visto que la cuestión de la inmunidad es fundamental.
— Pero había cosas más fundamentales y ya las hemos conseguido: un ‘grupo objetivamente identificable de personas’.
— En las anteriores elecciones europeas trataron de impedir que Puigdemont fuera candidato, pero al final el Tribunal Supremo corrigió a la JEC. ¿Este precedente le da suficiente seguridad para que se puedan presentar tranquilamente otra vez?
— Esta resolución es firme. No prosperó recurso alguno que se presentó.
— ¿No habría nada que pudiera impedir que volvieran a ser candidatos?
— No debería haber nada, pero España es un país sorprendente.
— Dice que dentro de pocos días el TJUE se convertirá en la nueva Slesvig-Holstein.
— Porque cuando detuvieron al president Puigdemont enseguida hubo portadas que decían “Danke” con la bandera alemana y la española, “Alemania marca el camino de regreso de los golpistas huidos”. Doce días después, salieron a criticar duramente al tribunal de Slesvig-Holstein. E incluso en una respuesta a un recurso de Jordi Sánchez la sala se desmarcó haciendo un alegato contra los jueces de Slesvig-Holstein que no venía a cuento de nada.
— El fiscal general del estado ya ha empezado a matizar el relato inicial sobre el TJUE…
— Ya le empiezan a dar la vuelta. Y he oído tonterías de todo tipo, como que la sentencia debe interpretarse… No, no, lo que debe interpretarse son las leyes, pero las sentencias deben cumplirse, no se interpretan en absoluto. El relato parte de esas conclusiones del abogado general y, por la velocidad como se expandió, parece que lo tenían precocinado. Es una sensación, por supuesto. Pero a medida que la gente va leyéndola, van pasando de una sentencia favorable a Llarena a una sentencia de empate. Supongo que cuando la acaben de leer verán que esto no es un empate sino una goleada.
— ¿Por qué es una goleada?
— Porque le reordenan las preguntas, porque la taxatividad que buscaba Llarena no sólo no está, sino que la que hay es diferente: para nosotros era esencial el reconocimiento de una nueva categoría como la del ‘grupo objetivamente identificable’ a efectos del doble test…
– Demostrar que el estado de derecho falla cuando trata a este grupo.
— Si me dice que tengo que hacer un doble test, no me lo limite a un fallo sistémico del Estado, porque esto es prácticamente imposible de probar en ningún caso. Al respecto, es fundamental que se haya reconocido al ‘grupo objetivamente identificable’ de personas, que es el primer paso para el reconocimiento de una minora nacional, a la que falta que pongan el apellido, y esto estoy seguro de que lo harán en Estrasburgo con los recursos de los presos.
– Más goles.
– Además, en la sentencia se establece taxativamente qué es un juez predeterminado por la ley. Hasta ahora era un concepto general, y ahora han dicho qué no es un juez predeterminado por la ley, lo que afecta a la integridad del proceso contra el 1-O, porque todo lo llevaba el Tribunal Supremo. Esto no tiene sólo consecuencias para los exiliados sino que las tiene claramente para los condenados que tienen los recursos en Estrasburgo. El párrafo 100 es clarísimo, y no sé qué quieren interpretar, porque dice que un tribunal supremo nacional que resuelve en primera y última instancia sobre un asunto penal sin disponer de una base legal expresa que le confiera competencia para enjuiciar a la totalidad de los encausados no cumple la garantía del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
— Dice que es el efecto dominó.
— Nosotros fuimos a Europa a defenderlos para buscar una serie de resoluciones que, mediante una prejudicial, pudieran ser reintroducidas en los procesos internos. Parte de esto viene en esta prejudicial que ha planteado Llarena: dicen que no discutirán si España es un Estado con un problema sistémico, pero sí nos dicen que existe un problema con una minora nacional, con un grupo objetivamente identificable de personas. Y esto puede utilizarse en toda la persecución a las casi cuatro mil personas afectadas por la represión.
— ¿Es en Estrasburgo donde pueden vincular este grupo objetivamente identificable de personas con la minoría nacional?
– Ya lo hizo la presidenta del tribunal cuando la semana pasada dijo que los casos catalanes los trabajan en una categoría especial en tres grandes grupos. Esto responde a una cuestión muy clara, que es que se han dado cuenta de que existe un problema que afecta a un grupo de gente muy grande, y con un denominador común: son catalanes y son independentistas.
— Ahora este concepto debe llenarse de contenido…
— Una parte de contenido político, y otra de contenido jurídico. Yo creo que el trabajo que han realizado algunas plataformas y organizaciones, como Òmnium, a la hora de establecer el cuadro completo de los represaliados, ha generado un instrumento con el que se entenderá claramente en cualquier tribunal que es un grupo objetivamente identificable de individuos.
— ¿Son unas instrucciones por si algún juez de un Estado de la UE debe decidir sobre la extradición de los exiliados?
— Aquí se ha planteado todo como una suerte de confrontación entre el Tribunal Supremo español y los tribunales belgas. Pero leo el párrafo 143 de la sentencia, y me imagino el siguiente escenario: Lluís Puig es detenido en Italia; pues la línea de defensa sería decir al juez italiano que se lea el párrafo 143 y que vea que no han cambiado las circunstancias para poder repetir el euroorden. España no podía emitir ninguna nueva, porque Bélgica ya la denegó de acuerdo con el artículo 1, apartado 3, de la Decisión Marco [sobre el respeto a los derechos fundamentales en las euroórdenes]. Si España no podía emitir la euroorden y la ha emitido, no puede ejecutarse.
— Sobre el cambio de circunstancias que exige el párrafo 143, España podría alegar que lo cambiado es el código penal y que la sedición ya no existe.
— Pero las circunstancias no han cambiado, lo que debería cambiar son los hechos. Y en el caso de Lluís Puig, a él sólo le reclamaban por malversación, no por sedición. Y no olvidemos algo esencial: Bélgica avisó al tribunal sobre una cuestión esencial: el juez Llarena planteó las prejudiciales de acuerdo con la sentencia de agosto de 2020 de primera instancia sobre Lluís Puig, pero no lo hizo de acuerdo con la sentencia [definitiva] de enero de 2021 en apelación. En la primera se hablaba de la falta de juez preestablecido por ley, pero en la segunda se hablaba de esa vulneración y de la presunción de inocencia. Mi pregunta es: ¿qué ha cambiado ahora si se sigue vulnerando la presunción de inocencia?
— ¿Viendo esto piensa que Llarena enviará nueva euroorden contra Lluís Puig?
— El juez Llarena ya llega tarde, porque si esa sentencia le fuera tan favorable no entiendo por qué no la emitió el mismo martes.
— Porque no lo tiene claro por las condiciones que le pone Luxemburgo.
— Las condiciones son infranqueables. La cuestión es: ¿usted se abstendrá de emitirla o correrá el riesgo que le rechacen de entrada o de salida en cualquier tribunal de cualquier Estado miembro? Llarena está en una encrucijada, y nosotros ya podemos reclamar ante cualquier tribunal europeo que este juez no es el preestablecido por la ley de acuerdo con el criterio establecido por el TJUE en el párrafo 100 de la sentencia.
— En Madrid dan por sentado que emitirá la nueva euroorden contra Puig. ¿Podría ser que Bélgica ni siquiera la admitiera?
— Yo recomiendo leer el párrafo 101. ¿Qué dice el TJUE? Que ha establecido cuáles son los criterios del órgano competente para enviar la euroorden, y dice que el órgano de ejecución no puede revisar esta competencia, pero sí puede revisar si de acuerdo con el examen en dos fases sobre las deficiencias sistémicas para un grupo identificable de personas, el reclamado será enjuiciado por un tribunal preestablecido por la ley.
— ¿Sería en ese momento cuando el tribunal belga debería realizar este examen en dos fases?
— Sí, en ese momento.
— ¿Sería el momento en que Bélgica, ante la alegación de Puig de que Llarena no es el juez competente y que en España existen deficiencias del estado de derecho contra los independentistas, debería examinar las pruebas que así lo acreditan?
— Sí, es así. Y debería verse si en el Estado español hay algún tipo de vía eficaz que permita controlar la competencia del órgano jurisdiccional. Y siendo el Supremo un órgano que resuelve en primera y única instancia, no existe esta vía.
— ¿Y el Tribunal Constitucional?
— No forma parte del poder judicial y no es un recurso efectivo, sino limitado a lo que tenga que ver con la importancia constitucional.
– En este supuesto, si Bélgica ve que Lluís Puig le aporta pruebas, la euroorden sería rechazada.
— Sí.
— Por eso es importante que se haya validado lo que dice el Grupo de Trabajo de la ONU, porque es una prueba.
— Exacto.
— Pero el TJUE también dice que no es suficiente, que harían falta más pruebas.
— Claro, y recuerdo una vez más que Llarena planteó estas prejudiciales pensando en la decisión de primera instancia de Bélgica y no en la de segunda. La primera instancia se basó en el Grupo de Trabajo y la carencia de una norma que habilite la competencia del Supremo, pero en la segunda instancia se revisaron muchos más documentos, además del dictamen del Grupo de Trabajo, para determinar también la vulneración del derecho fundamental a la presunción de inocencia. Este control ya se realizó en Bélgica, pero a Llarena no le interesó.
— Puede haber un juez de otro Estado que lo vea de una forma diferente a como lo ha visto Bélgica.
— Esta sentencia es de obligado cumplimiento en los veintisiete estados miembros, así que no debería ser así. El riesgo sería ir a otro país, o a según qué país.
— Con las condiciones que ha establecido el TJUE, ¿todavía existe un punto de riesgo o de incertidumbre según el Estado donde se encuentren los exiliados?
— A efectos de seguridad, es mucho mejor tramitar esto en Bélgica, pero no tengo miedo ni de Francia, ni de los Países Bajos, ni de Alemania, ni de Italia, ni de Austria… No tengo miedo a estos países, al contrario.
— Después de éste a sentencia del TJUE, ¿la extradición es imposible?
— Yo creo que es tremendamente complejo que pueda pasar. Yo lo descarto. En la vida nada es imposible, pero es evidente que nosotros nos hemos movido por países donde existe un nivel de seguridad jurídica importante.
— Lluís Puig decía que si las euroórdenes contra él fracasaban se podía encontrar en un limbo. Si por eso diera un paso parecido al de Meritxell Serret, ¿podría poner en cuestión sus argumentos sobre el grupo objetivamente identificable ante los tribunales europeos?
— No creo que la cuestión del grupo identificable se base en las decisiones que pueda tomar Lluís Puig, sino en la persecución contra cuatro mil personas. No veo peligro, llegado el caso. Yo veo claramente que Lluís Puig tiene todo el derecho a tomar las decisiones que considere oportunas, pero no creo que comprometan la defensa de nadie.
— España podría utilizar el argumento de decir que quienes vuelvan no pasan por la cárcel y demuestran que existen garantías.
— Pero han sido condenados, o serán condenados. El riesgo viene de ser sometido a un procedimiento.
— ¿Ha hablado con Miquel Sàmper por si ahora fuera necesaria una nueva defensa en Bélgica de Lluís Puig?
— Fui con él el martes a Bélgica y he tenido reuniones con los abogados belgas para que esté estructurada la defensa en el exilio.
— ¿Y ese temor de Puig de quedar en el limbo?
— No existe el limbo jurídico. El ordenamiento siempre se complementa. Es como cuando el Supremo español dijo que Guantánamo eran un limbo jurídico; no, era un lugar en el que se cometían crímenes de guerra. Que en estos momentos Lluís Puig tiene una situación de busca y captura estatal con orden de ingreso en prisión por un delito de malversación es una realidad, y que en Europa tiene ahora una coraza de seguridad jurídica que impediría su extradición también es una realidad. Él puede moverse libremente por todos los estados de la Unión, excepto en España.
— Pero lo decía en comparación con los eurodiputados, que con la inmunidad tienen la opción de que se les abran unas puertas que a Lluís Puig no se le pueden abrir.
— Él no tiene inmunidad, pero tampoco tiene aforo en el Tribunal Supremo, ¿no? De hecho, la sentencia del TJUE es sobre el caso de Lluís Puig, y eso no es un limbo jurídico.
— Ve que los eurodiputados tienen trazado un posible camino para el regreso que él no tiene.
— En el caso de Lluís Puig también los hay, pero las cosas primero deben resolverse, y estas prejudiciales eran importantes. La pregunta es, teniendo en cuenta la sentencia del TJUE, cómo afecta en el derecho de la libre circulación de Lluís Puig la actitud del Tribunal Supremo. Es algo que está por ver. Mantener a la fuerza la competencia es un impedimento a la libre circulación de Lluís Puig.
— Y contra esto se puede recurrir a tribunales europeos…
— Claro, es que nosotros no habíamos terminado la defensa de Lluís, todavía. Para andar hay que dar primero un paso y después otro. Otra cosa es saltar.
— ¿Clara Ponsatí será la primera que podrá volver a Cataluña?
— Bien, ella está en la misma situación que Marta Rovira. En su caso, ahora hay que ver cómo resuelve los recursos el juez Llarena, y una vez ocurra esto se tomarán decisiones de fechas y en relación con un espacio de seguridad jurídica.
— ¿Qué puede ocurrir con los recursos?
— En el caso de Ponsatí, existe un recurso de reforma interpuesto por la fiscalía, la abogacía del estado y al que se ha adherido Vox. Llarena podría decidir que acepta esos recursos que piden que sea procesada por desórdenes públicos agravados, y volvería a la situación de una orden española de ingreso en prisión. Una orden que entendemos que necesitaría previamente un suplicatorio, pero que Llarena entiende que no.
— La posibilidad de que volviera dependería de que Llarena mantuviera el criterio de procesamiento sólo por desobediencia.
— Sí, por supuesto. Aunque existe una orden de detención que entendemos que es ilegal porque habría necesitado un suplicatorio.
— Me hablaba de Marta Rovira. ¿Ve más posible su próximo regreso?
— No sé, pero no tiene impedimentos. Y de hecho nadie ha recurrido contra el auto del 12 de enero contra él. Al contrario.
— ¿Oyó qué dijo en la radio?
— No, yo a esas horas trabajo.
— Estaba molesta por unas declaraciones suyas sobre un supuesto pacto con la fiscalía, y decía que había dado la vida por esta causa.
— Yo no quiero entrar en polémicas con los políticos, me dedico al mundo del derecho y he defendido a mucha gente que ha dado la vida por causas tan valiosas como ésta. Pero que le han dado de verdad.
— ¿Lo que más tiene a favor es que la fiscalía no pide que sea procesada por desórdenes públicos, a diferencia de Ponsatí?
— Por eso no veo ningún impedimento para que vuelva. El auto de Llarena no se modificará en este sentido, porque nadie lo ha pedido. De Rovira, la fiscalía dice “compartimos su imputación exclusivamente por desobediencia”. Hay una manifestación expresa por parte de la fiscalía de que esto debe mantenerse. Y si nadie ha recurrido en contra, evidentemente, se mantendrá. Existe una seguridad jurídica plena de que su situación no va a cambiar.
— Mientras pase todo esto pueden juzgarle en la Audiencia española, y le amenazan con diez años de cárcel. ¿Sabe cuándo puede ser ese juicio?
— No tengo ni idea, pero estamos preparados y nos vamos a defender, porque es evidente que yo formo parte de la persecución.
— ¿Cómo hace para tomar todas estas causas sabiendo que puede acabar en prisión?
— Soy un profesional y, como tengo mi vertiente femenina bastante desarrollada, soy capaz de hacer dos cosas a la vez. Algún día esto me pasará factura física o emocionalmente, pero no me queda más remedio que aguantar, porque tenemos un compromiso y lo cumpliremos.
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