Como si de unas gafas se tratara, también el paso del tiempo va desentelando la trama judicial contra Laura Borràs, uno de los casos más flagrantes de ‘lawfare’ que el Estado español ha urdido estos últimos años. Pero para que una operación como esta sea exitosa, es necesario, primero, la armonización de los diferentes elementos que la componen: Gobierno, tribunales, cloacas y medios de comunicación, y es necesaria, también, la colaboración entusiasta de los adversarios políticos de la víctima, tanto internos como externos, que mojarán pan con el objetivo de eliminarla de su escenario. En el caso de Laura Borràs, como se ha visto, estos adversarios han sido aún más agresivos que la propia trama española.
El informe técnico-jurídico absolutamente independiente de las partes implicadas, firmado por David Ros, profesor en cursos del Instituto Nacional de Administración Pública de España, e Isidre Llucià, doctor en derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, miembros ambos del Colectivo Maspons y Anglasell, ha clarificado el caso Borràs. El informe de este colectivo, integrado por juristas y dedicado a la defensa de principios básicos, como son la libertad, la equidad, la limitación y la separación de poderes y la proscripción del abuso, desenmascara la persecución, el acoso y escarnio de que ha sido objeto la expresidenta del Parlament de Catalunya al ser acusada de corrupta y prevaricadora con falsedad documental. Y es que no hay caso. Nada de nada. Lo que sí hay es una sarta de mentiras que responde al objetivo de decapitar el independentismo catalán y desacreditar a personas e instituciones, como el FC Barcelona u Òmnium Cultural, y destruir los sistemas sanitario y financiero de Cataluña para debilitar el potencial del país y ensuciar su imagen internacionalmente. No olvidemos que estamos hablando del Estado español, un Estado capaz de todo –¡de todo!– por la ‘unidad de España’, con datos que le vinculan al atentado del 17 de agosto de 2017, en la Rambla de Barcelona, justo 45 días antes del referéndum del 1 de octubre.
Pero centrémonos en el caso Borràs. En la pregunta “¿Por qué no hay prevaricación?”, el informe responde:
– La finalidad cumplía con los objetivos de la Institución de las Letras Catalanas: la cultura catalana.
– La contratación menor se realizó dentro de los márgenes de la normativa aplicable, Ley de Contratos del Sector Público (LCSP). Por tanto, era lícita y absolutamente ajustada a derecho.
– Al no tener los diferentes contratos una unidad funcional, no se pudieron realizar fraccionamientos, por tanto, no hubo esta irregularidad, que es la que comportaba la acusación de prevaricación.
– Incluso en el supuesto de que fuera una irregularidad, para poder ser tipificada de prevaricación es necesario que la actuación se hiciera sabiendo o siendo plenamente consciente de la irregularidad, puesta en evidencia mediante informes internos previos a la contratación, informes que son preceptivos en caso de irregularidad. Sin embargo, no existe ningún informe en este sentido. Es decir, ni siquiera existe advertencia alguna de la posible actuación irregular, en el caso de haberlo sido. Cabe recordar que el derecho administrativo es un derecho eminentemente escrito, y los informes se realizan por escrito.
– Formalmente, de acuerdo con la LCSP vigente en ese momento, era suficiente realizar el trabajo, presentar la factura y pagarla.
En cuanto a la acusación de corrupción, el informe detalla los preceptos definidos por la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (2003) y que son los siguientes: “el cohecho de funcionarios públicos nacionales, extranjeros y de organizaciones internacionales públicas; la malversación, la apropiación indebida y otras formas de desvío de bienes de funcionarios públicos; el tráfico de influencias; el abuso de funciones; el enriquecimiento ilícito; el incremento significativo del patrimonio de un funcionario público respecto a sus ingresos legítimos que no puede ser razonablemente justificado; también el cohecho en el sector privado; el encubrimiento; la obstrucción de la justicia…”
Y en su virtud, el informe añade:
1.- No existe ningún elemento que lleve al delito de prevaricación. Por el contrario, las adjudicaciones fueron lícitas y se ejecutaron de conformidad con la LCSP.
2.- No hay corrupción, ya que no existe beneficio económico indebido para ninguna de las partes, dado que la Convención Internacional de Delitos de Corrupción, aprobada por la ONU en el año 2003, establece claramente que sólo se puede considerar corrupción si existe un beneficio económico indebido para alguna parte, lo que la misma sentencia niega explícitamente.
Recomiendo la lectura completa del informe técnico-jurídico y analítico de la sentencia, ya que explica muchas más cosas de acuerdo con las que concluye que “El caso de la presidenta Laura Borràs es un caso de uso y abuso tergiversado del derecho (‘lawfare’)” y considera que, además de la trama urdida contra ella, “se produjo la llamada condena del telediario, dado que en los meses anteriores al juicio se formuló por parte de sus adversarios un relato que ya la condenaba públicamente por corrupción y amiguismo”.
Y no sólo entonces, podríamos añadir. Aún ahora estos adversarios –algunos se autodenominan independentistas– siguen sirviéndose de la trama jurídica española para difamar a Laura Borràs. Basta con revisar los vídeos y audios de personas como Oriol Junqueras, Pere Aragonés, Salvador Illa, Jéssica Albiach, Marta Vilalta o Xavier Pellicer diputado de la CUP, tratándola de “corrupta”, para ver el odio que rezuman. Ahora, claro, sería un buen momento para que pidieran perdón, pero no lo harán por dos motivos: en primer lugar, porque se pide perdón cuando se ha cometido un daño fruto de un error o exceso emocional, pero la demanda se convierte en vacua cuando el daño ha sido hecho conscientemente y con el deseo expreso de causarlo; y, en segundo lugar, porque la soberbia que caracteriza a quienes deberían disculparse hace que perciban esta acción como una humillación.
La maledicencia con voluntad de destruir a una persona de por vida no se ventila con unas disculpas. Y menos si el mal causado es total o parcialmente irreparable. Junqueras, Aragonés, Illa, Albiach, Vilalta, Pellicer y compañía se han servido de su proyección mediática para sumarse, en calidad de colaboradores del Estado español, a la destrucción de la carrera política de Laura Borràs, estigmatizándola como persona corrupta. Sin embargo, cada descalificación, cada calumnia, cada injuria contra ella ha sido una prueba del complejo de inferioridad que estos difamadores experimentan frente a ella. Son como aquellos futbolistas que, sintiéndose impotentes ante el talento de un adversario, optan por lesionarlo. Haría bien la defensa de Laura Borràs en recopilar todo este material, gráfico y sonoro, a fin de interponer demandas por calumnias e injurias contra su persona.
Los casos de Jordi Pujol, Sandro Rosell, Artur Mas, Xavier Trias o Laura Borràs son casos flagrantes de la guerra judicial (‘lawfare’) del Estado español contra Cataluña. En relación con todos ellos, el Estado prevaricador ha fabricado pruebas falsas y se ha servido del derecho para burlar la democracia, manipular elecciones y agredir a Cataluña a través de personas situadas en lugares relevantes del país. Pero lo más vergonzoso de todo esto no es eso. Lo vergonzoso es que haya catalanes que, diciéndose independentistas, han hecho suyo el relato español a fin de satisfacer las propias ambiciones personales y de partido. No olvidemos que estamos hablando del Estado de los GAL, con terroristas que entraron y salieron de la cárcel por una puerta giratoria, del Estado de Pegasus, que espía la vida de los disidentes políticos, y del Estado que se eleva a sí mismo a la categoría de Verdad Absoluta en cuyo nombre se cree facultado para violar los derechos humanos. Es vergonzoso, sí, que este Estado merezca el más mínimo crédito por parte de aquellos catalanes que afirman querer una Cataluña libre. El gobierno y los tribunales españoles, precisamente por ser españoles, siempre, siempre, siempre serán enemigos de la nación catalana. Siempre serán un instrumento prevaricador contra Cataluña y contra sus libertades nacionales. ¿Qué es la prevaricación?, pregunta el informe Maspons y Anglasell. Y a continuación responde: prevaricación es el delito que hace una autoridad que sabe que está decidiendo algo injusto.
EL MÓN