Manipulación de concursos y jurados

Motivado por el reportaje “Crecen las sospechas de manipulación de concursos” publicado el 9 de julio en relación a la connivencia preconcursal entre Eusko Trenbide Sarea (ETS) y la ingenieria Sener, sobre un contrato ferroviario de nuevo aparece el consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes Ignacio Maria Arriola (PSoE) en un asunto turbio, es preciso denunciar otra ilegalidad. Se trata del Concurso de Proyectos con intervención de Jurado para la selección de la Propuesta de Ampliación y Reforma del Museo de Bellas Artes de Bilbao, resuelto el 23 de julio de 2019.

Irregularidades en el jurado

Analicemos a los integrantes del jurado que debía conceder el tributo del proyecto. Una vez conocida su composición se generó una gran desconfianza por la carencia de solvencia requerida, honradez y ética de algunos de los convocados que no solo es torticera sino incluso ofensiva culturalmente. A partir de esta cobertura a la farsa el resultado podía, como en realidad sucedió, estar condicionado por otros intereses. Un jurado debe estar, como mínimo, a la altura de la relevancia del concurso y de los previstos participantes. Al contrario que en los concursos de ámbito internacional para el jurado no se convoca a ningún arquitecto extranjero de reconocida relevancia porque no interesa un juicio solvente, independiente; el ganador ya está decidido de antemano, el concurso es soló un acto de apariencia democrática pero esencialmente y manifiestamente farsante.

La composición del jurado constituido con intencionalidad de sumisión es decepcionante, más bien fraudulenta, por anómala tratándose de un concurso de arquitectura de notable importancia. Una inaceptable falta sino burla de respeto cultural. De los diez miembros hay solo cuatro arquitectos, más dos gerentes (del Museo y de EHU), un director general de BBK, una restauradora de bienes muebles de la Diputación y un historiador viceconsejero de Cultura del Gobierno Vasco, además del presidente, el director del museo. Es decir hay otras cuatro personas sin capacitación profesional para entender, juzgar y emitir honestamente un informe de unas propuestas con variadas complejidades arquitectónicas, espaciales, estructurales, patrimoniales, culturales, museológicas, ambientales y paisajísticas, lo más que pueden decir es me gustan o me disgustan los dibujos.

Se ha vulnerado la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Artículo 187. Jurado y decisión del concurso.

  1. “El jurado estará compuesto por personas físicas independientes de los participantes en el concurso de proyectos”.
  2. «Cuando se exija una cualificación profesional específica para participar en un concurso de proyectos, al menos dos tercios de los miembros del jurado deberán poseer dicha cualificación u otra equivalente».

Es más que evidente que se infringe esta normativa. Un jurado es un tribunal que está sometido al principio básico de legalidad.

Pero lo que resulta inaceptable, inmoral e ilegal incluso denunciable ante cualquier instancia judicial es que uno de los arquitectos del jurado, a la vez que catedrático, Luis Antonio Fernández-Galiano (Calatayud, 1950) nombrado precisamente por este motivo y editor de revistas de arquitectura Arquitectura Viva, AV Monographs, que utiliza el poder influyente de sus revistas, es miembro de la Norman Foster Foundation. Se auto constituye en juez y parte y por sus reconocidos conocimientos arrastra a los demás inexpertos y pasivos miembros, cuatro meros comparsas, a sus criterios e intereses. Incompatibilidad e ilegalidad apenas aludida.

En el jurado figuraba la entonces decana del Colegio de Arquitectos Vasco Navarro Matxalen Acasuso (Bilbao, 1973) que admitió y claudicó ante la discriminación de arquitectos participantes en razón de méritos muy específicos adquiridos anteriormente que muy pocos podían ostentar, un atentado a la libertad del ejercicio de la arquitectura y de mercado. Primera anomalía. La igualdad participativa no discriminatoria es un principio cardinal de la Unión Europea y especialmente tratándose de asuntos del ámbito público, con un objetivo cultural y de dedicación de medios económicos. Asimismo, es incomprensible y muy grave que admitiera, tema de su competencia, un concurso de proyectos de arquitectura sin mayoría de arquitectos. Estas omisiones estarán reflejadas en el informe de debió emitir la Oficina de Concursos del citado Colegio para advertir de irregularidades en las convocatorias.
Su participación es muy comprometida debido al cargo que ostenta puesto que lo que juzgue no se precisa sí es una opinión personal como arquitecta, si es la de la Junta de Gobierno del Colegio de Arquitectos o más difícilmente la de una mayoría del colectivo de colegiados. Asimismo se le supone que conocía el grado de protección del Museo y el Parque por lo que vistos los antecedentes y la composición del jurado debió abstenerse no solo de votar sino incluso de participar ya que de lo contrario está dando cobertura a esta farsa.

También el arquitecto Mikel Ocio, como director del Área de Planificación Urbana del Ayuntamiento de Bilbao, conocía sobradamente el grado máximo de protección del Museo y del Parque en el PGOU así como la obligación de ajustarse el proyecto a las alineaciones actuales del edificio ¿entonces qué intereses defendió los de la arquitectura existente como patrimonio cultural es decir de la normativa vigente o los intereses políticos económicos turísticos del Ayuntamiento, qué voto emitió?

La arquitecta Patricia Urquiola (Oviedo, 1961), residente profesionalmente en Milán fundadora del Studio Urquiola, muy acreditada y vinculada al diseño de mobiliario y al interiorismo, es convocada al jurado por el propio Fernández-Galiano para aparentar que se incluye un arquitecto o arquitecta de prestigio internacional y es dudoso que tuviese el suficiente conocimiento de todos los condicionantes urbanísticos y culturales del Museo existentes. Hay indicios de que con excusas de otras ocupaciones no acudió a alguna de las sesiones del jurado. Pero su relación con la Norman Foster Foundation ya aparece cuando es invitada como ponente junto con el propio mentor en el forum “Future is Now” en el Teatro Real de Madrid con motivo de la inauguración de esta sede de la fundación en Madrid el 1 de junio de 2017 y probablemente, ya que es un dato oculto, pueda ser por su reconocido trabajo incluida en los miembros Benefactor o Supporter de la citada fundación ya que algunos de ellos ”prefieren permanecer en el anonimato”. Declaraciones de Patricia Urquiola (Abc, 25.01 2020): “El diseño ha entrado en museos de todo el mundo, pero no tanto en los españoles. ¿Es una asignatura pendiente?¿Se concibe aún como un arte de segunda categoría? Bueno, sin juzgar, creo que hay mucho por hacer todavía. Pero ejemplos como la Fundación Norman Foster en Madrid son muy positivos”.

La representante de la Diputación de Bizkaia Zuriñe Antoñana, restauradora y Jefa del Servicio de Patrimonio Cultural del Departamento de Euskera, Cultura y Deporte de la Diputación Foral de Bizkaia, queda automáticamente desautorizada vista la constante y nefasta gestión del patrimonio cultual de esta institución. Además, no es lo mismo restaurar pinturas que intervenir en patrimonio arquitectónico del máximo nivel. Persona totalmente desacreditada por su complicidad en los destrozos causados en algo tan consustancial a un palacio barroco como es el cerramiento de Etxezarreta Jauregia, actual Durangoko Museoa. Por todo ello deberá comparecer ante las Juntas Generales para explicar su actitud frente a esta vulneración de la legislación cultural de país.

Asimismo, es esencial conocer mediante el acta oportuna el informe que emitió el ex viceconsejero de Cultura del Gobierno Vasco (2012-2020), historiador del arte, José Ángel María Muñoz (Donostia, 1957), licenciado en Historia del Arte Contemporáneo ya que tuvo que ver desde el inicio en las sesiones de análisis las evidentes transgresiones que este proyecto causa sobre el edificio del Museo y el Parque ambos catalogados al máximo nivel de acuerdo a la Ley 6/2019, de Patrimonio Cultural Vasco, aprobada el 9 de mayo de 2019. Ley que suponemos conocerá al máximo detalle. Su condición y conocimientos de historiador del arte ¿dónde se ejercen si admite y aprueba una vulneración tan evidente a una arquitectura tan sobresaliente y catalogada por sucesivas leyes desde 1962? De lo contrario su postura queda seriamente comprometida ya que figuraría como un miembro pasivo del jurado auto sometido a la interesada voz imperante, la del arquitecto Fernández-Galiano el miembro de la Norman Foster Foundation. ¿Qué sentido tiene su presencia en un jurado tan peculiar, si sólo es para justificar la representatividad protocolaria del Gobierno como miembro del patronato del museo pero sin ningún rigor cultural?

La normativa legal no solo es para publicarla sino para respetarla y hacerla cumplir. ¿En qué situación queda esta legislación protectora, si el segundo representante del organismo que redacta la ley, Gobierno Vasco, admite sin reproche alguno la vulneración reiterada de su máxima doctrina la Ley 6/ 2019? Y si su voto fue de respaldo al proyecto elegido debería dimitir inmediatamente de su, inconcebible, nombramiento como asesor del departamento por haber actuado en contra de la ley, incluso con posibles responsabilidades penales. Ante esta dudosa situación debería comparecer ante la Comisión de Cultura del Parlamento para esclarecer documentalmente cualquier duda, no puede eludir esta altísima responsabilidad ante este proyecto que incluso podría tipificarse de atentado contra el patrimonio.

La presencia meramente institucional, protocolaria, de relleno en el jurado de Miren Lorea Bilbao, (Dima, 1965) Ingeniero Industrial en la especialidad de Organización Industrial y gerente de la EHU/ UPV, en esta fase no era un tema de ingeniería ni de gestión. Y especialmente del Director General de BBK Fundazioa, Jorge (alias Gorka) Martínez Salcedo (Bilbao, 1952) sin ninguna formación o interés conocido en materia de arquitectura y respeto por el patrimonio cultural por puro compromiso institucional Todo ello es además de pintoresco una muestra de frivolidad, irresponsabilidad, absoluta carencia de rigor en un jurado de arquitectura y una grave falta de responsabilidad, sino de burla, cultural, meros comparsas.

Un jurado debe estar compuesto por miembros con una mínima formación cultural, arquitectónica en este caso, a la altura de la relevancia del concurso. Todo lo que antecede demuestra que este jurado elegido para ser manipulado es más que una vergüenza aunque acorde con un proceso premeditadamente fraudulento desde su inicio que descalifica su resolución. El poco disimulable deseo de sus impulsores capaces de someter a la clase política con ensoñaciones turístico-mercantiles y a unos cargos culturales en total descrédito. En realidad se trata de una adjudicación directa, encubierta, disimulada, ilegal.

El fallo del concurso, por unanimidad, es decir, con la voluntad seducida de los comparsas el proyecto elegido, fue “Agravitas” de Norman Foster & Partners y Luis María Uriarte, que a nadie sorprendió puesto que ese era el objetivo. ¿Cómo se puede ganar un concurso incumpliendo reiteradamente las bases? El nombre del autor tiene un alto precio y obliga a transigir con todo lo que éste pretenda.

Por dicho motivo solicité al Patronato del Museo, el acceder a las actas razonadas, en realidad certificaciones de acuerdos, de las deliberaciones previas, solo se conoce el comunicado final, y como era previsible, se negó tal posibilidad por parte del Director, del Subdirector de Servicios Generales y Recursos Humanos, José Mª de Vega y la secretaria del concurso y gerente del museo Leire Jauregibeitia. Lo que acrecienta, sino certifica, el criterio muy asumido de que la mayoría del jurado acudió sumisamente a seguir las directrices del citado arquitecto orientador Fernández-Galiano. Este secretismo a poder conocer a un proceso selectivo evidencia algo extraño que se intenta ocultar, pero que resulta cada vez más evidente conociendo todos los anómalos pormenores que concurren en este concurso.

Finalmente, es imprescindible denunciar que este proyecto hecho ganador es rotundamente ilegal incumple la legislación vigente respecto al Plan General de Bilbao en dos ocasiones. a la Ley 6/2019, de Patrimonio Cultural Vasco en ocho, y a la legislación estatal de obligado cumplimiento a cuatro leyes y la Constitución.

Es decir, el tan habitual metodo de la prevaricación, hay que añadir presunta, tiene en este caso un amplio espacio de aplicación y aspirantes. El Gobierno Vasco, la Diputación y el Ayuntamiento deberán en su momento responder antes los tribunales de justicia, es un deber sociocultural.

* Investigador del patrimonio arquitectónico

Naiz