Una triple perversión

En la vida política surgen situaciones perversas. Son aquellas a las que a ninguna de las partes implicadas les parece conveniente llegar, pero que acaban precipitándose por desconfianzas, afanes de protagonismo, intereses secundarios, rivalidades personales o de partido, etcétera.

Algunas de estas perversidades presiden las unilateralidades en el Estado español, la Unión Europea y Cataluña. Sabemos del desinterés del Estado por acomodar un pluralismo nacional y lingüístico que nunca ha hecho suyo. Se trata de un pluralismo que es visto como una molestia por buena parte de las instituciones y organizaciones del Estado. Especialmente por parte del ‘Deep State’ formado por la cúpula del poder judicial (TC, TS, CGPJ, Fiscalía), altos cargos de los ministerios, mayoría de partidos de ámbito estatal, etcétera. La cúpula judicial, por ejemplo, muestra comportamientos claros de falta de imparcialidad (más que de falta de independencia). De hecho, es tan independiente que a menudo lo es con respecto a la democracia liberal (tal como esta se entiende en contextos civilizados).

Amplios sectores del ‘Deep State’ defienden posiciones unilaterales que incentivan posiciones unilaterales simétricas en instituciones y actores de Cataluña. ¿Puede superarse esta doble unilateralidad a partir de la intervención de terceros actores internacionales? Centrémonos en la UE. Habría como mínimo dos vías para hacerlo.

1) Establecer una política europea, hoy inexistente, sobre la autodeterminación de las minorías nacionales. Es la vía defendida en el informe presentado en el Comité de Asuntos Exteriores norteamericano por P. Williams (American University, 2016): “Estableciendo un marco estratégico para abordar el conflicto entre soberanía y autodeterminación: Soberanía ganada”. Curiosamente, un artículo previo escrito por el mismo autor junto con R. Mansoor se titulaba: “Cómo los votantes de Catalunya pueden cambiar Europa” (2014).

La conclusión del informe establece que “con el fin de promover la estabilidad (…) es imperativo que cuando se aborda la autodeterminación nacional, Estados Unidos cambie de una política que solamente enfatiza la estabilidad y el ‘statu quo’ de las fronteras actuales a otra de soberanía ganada”. El informe aconseja a Estados Unidos la adopción de una política mucho más flexible con respecto a las aspiraciones de los movimientos nacionales de autodeterminación.

Esta podría ser una perspectiva racional, pero ¿es realista? Creo que no. En la profunda crisis en que vive la UE, con movimientos populistas de derecha y de izquierda, una grave falta de proyecto y de liderazgo, el tema irresuelto de los inmigrantes y refugiados, etcétera, introducir esta perspectiva se convierte casi en un imposible en una organización que es un club de estados. Así, el mensaje que llega de Europa a las minorías nacionales es claro: si usted quiere ser un actor europeo, necesita ser un Estado, tener una silla en el Consejo y en la Comisión. Con su pasividad e inoperancia, la UE también incentiva que el movimiento catalán por la autodeterminación sea unilateral.

2) La segunda vía consistiría en transformar un proceso de autodeterminación externa (secesión de un territorio para constituir un Estado independiente) en un proceso de autodeterminación interna (separación de un territorio dentro de las fronteras establecidas). Fue el caso de Massachusetts y Maine o el de los cantones suizos del Jura y Berna. Naturalmente eso implicaría que la UE se transformara previamente en una entidad federal o casi federal para proceder a una revisión de sus “fronteras internas” (Requejo-Nagel, 2018). De nuevo, ¿es esta una perspectiva realista en la UE actual? La respuesta vuelve a ser negativa por razones parecidas a las anteriores.

Así, la conclusión sobre la posibilidad de salir de este perverso triple juego de unilateralidades es escéptica. Es sabido que el derecho internacional no facilita procesos de secesión, pero también que tampoco los prohíbe. El principio de integridad territorial contenido en normas internacionales se refiere a la no intromisión de un Estado en los asuntos de otro, no al caso de secesiones en un Estado.

La realidad política no es lo que las normas jurídicas dicen que es la realidad política. Esta última está en parte conformada por las normas, pero es la que es, digan lo que digan las normas. Cuando estas últimas son ineficientes o poco adecuadas, hace falta cambiarlas. Y para hacerlo, hay que proceder a un acuerdo político previo entre las partes implicadas basado en una negociación “de buena fe” en términos de igualdad entre mayoría y minorías nacionales, tal como exige el conocido dictamen del Tribunal Supremo de Canadá (1998) sobre la secesión de Quebec. Un acuerdo político. Las normas jurídicas tienen que venir después, no antes.

Si a todo ello añadimos el tema de los presos y exiliados, el panorama aparece temporalmente bloqueado. No se puede superar el problema de fondo haciendo comedia de “diálogos” superficiales. Ante los matrimonios forzados, un divorcio forzado siempre será una salida potencial. Recuerden aquello de que “quien ha fracasado en todos los adioses no puede esperar gran cosa de los reencuentros” (M. Kundera), y aquello de que “hay matrimonios que acaban bien, otros duran toda la vida” (Woody Allen).

LA VANGUARDIA