La transitoriedad definitiva

La Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República contiene una serie de paradojas que hay que subrayar con el fin de reducir el nivel de confusión en que entraremos las próximas semanas. Una confusión en parte inevitable por el hecho de tener que tirar por la directa -formalmente, debido a la unilateralidad de la ruptura- y en parte provocada por quienes querrían hacer descarrilar la posibilidad de que los catalanes decidan si quieren seguir o no en el Estado español. Es un momento en que mantener la cabeza clara es imprescindible.

Y la primera de estas paradojas es que la ley establece una fórmula profundamente continuista con el sistema político actual para ponerla al servicio de la más radical ruptura política imaginable. También en esto la vía catalana de independización habrá sido excepcional y única. Desde mi punto de vista, es razonable que sea así. No estamos en una situación de guerra con España, ni de conflicto violento interior, ni siquiera de inestabilidad social o económica. Somos un país de cultura política moderada, poco amante del ruido y tradicionalmente asustadizo. La recuperación económica, si bien no nos acaba de sacar de los estragos del periodo de recesión, sí que da perspectivas de futuro con un buen nivel de crecimiento, con recuperación de datos macroeconómicos previos a la crisis y un buen nivel de inversiones extranjeras que demuestran confianza en el país. Por lo tanto, es lógico que se desee -tanto los favorables como los que no la quieren- una independización tranquila, sin más inventos de los imprescindibles, sin estropicios y con la máxima seguridad jurídica.

La segunda paradoja sobre la que se construye esta es ley es que no sólo dibuja un tiempo de transitoriedad, sino que ella misma está condicionada a unos resultados que, cuando se apruebe, todavía no se conocerán. Es una especie de ley previsora, por si acaso. No sé si hay precedentes de leyes aprobadas con voluntad preventiva. Como si dijéramos, una ley con temporizador y de efectos retardados. Es fácil entender que los juristas, gente cuyo oficio es la lectura e interpretación fiel de lo previsto en la ley, este tipo de astucia, a los más benévolos, les tenga con el alma en vilo, y a los más recalcitrantes, irritados.

Pero, y esta es otra de esas paradojas, se trata de hacer una independencia sin revolución, de abandonar un marco de legitimidad política -el Estado español- sin quedarse a la intemperie jurídica ni un solo segundo mientras se construye un nuevo Estado. Y ese es el tipo de proceso que, por definición, no puede estar escrito en ningún tratado internacional ni, mucho menos, en ninguna constitución establecida destinados a evitar, precisamente, que esto suceda. Son instrumentos de estabilización, de solidificación de los marcos políticos generalmente resultado de situaciones convulsas previas. Si el paso del régimen franquista a la actual democracia española se hubiera cogido con las mismas pinzas como algunos políticos y juristas cogen esta ley de transitoriedad, aún estaríamos allí. Sí: se propone una nueva legitimidad política para un casi idéntico marco jurídico, pendiente de elaborar uno propio con todas las garantías democráticas. Y sí: la transitoriedad, paradójicamente, establece un periodo inestable que a la vez quiere controlar. Por lo tanto, es una ley para minimizar debilidades acotándolas a un tiempo de excepcionalidad.

La última paradoja: es una ley de corto plazo al servicio de abrir una puerta inmensa al futuro. Lo digo a la vista de algunas críticas que parece que no entienden esta función provisional de la ley. Obviamente, si el apoyo democrático del referéndum la avala y se aplica, superada la transitoriedad formal y asegurado el control del territorio por el nuevo Estado, habrá que renegociar los tratados internacionales, habrá que renegociar aspectos fundamentales relacionados al uso de las lenguas, la nacionalidad, el sistema judicial, la ley electoral, los acuerdos económicos con España y Europa, la relación con el resto de España y Latinoamérica, el modelo de ejército… Todo tendrá su tiempo, y lo imagino de discusiones apasionadas, por no decir feroces. Pero es ridículo, si no malintencionado, criticar al mismo tiempo las debilidades democráticas de una ley de transitoriedad y pedir que avance un futuro modelo constitucional que aún no ha sido debatido de manera democrática. Esta ley parte de una unilateralidad al servicio de un futuro debate multilateral muy diferente del empleado por la Constitución española. En ese caso, bajo vigilancia militar, élites políticas franquistas y predemocráticas redactaron el texto que aún rige en España. Aquí, sin ruido de sables -esperémoslo-, habrá un proceso participativo abierto y un debate entre fuerzas plenamente democráticas, para llegar a un texto avanzado, innovador, imaginativo, adecuado a los desafíos políticos que nos está planteando el siglo XXI.

En definitiva, sería un error no entender el carácter instrumental y caduco de esta ley. Está bien que garantice la no discriminación por razón de lengua y el derecho de opción en relación con el catalán, el occitano y el castellano, pero es un abuso pensar que establece un futura “cooficialidad” lingüística. Está bien que garantice que, por parte del nuevo Estado, no se impedirá mantener la doble nacionalidad, particularmente la catalana y la española, aunque esta es una cuestión que en buena parte dependerá de España. Está bien que exista el compromiso de someterse unilateralmente al respeto de derechos y deberes establecidos en tratados, aunque todavía no se hayan firmado… Hay otros aspectos más discutibles. Creo que habría sido más directo y claro hablar de la fundación del Estado más que de la República. O me falta alguna referencia a las cuestiones de seguridad y defensa, aunque entiendo que en un periodo transitorio haya algunas áreas en una situación de indeterminación. Pero no quisiera caer en la clase de críticas que antes discutía. El nivel de incertidumbre que se abrirá si los catalanes votamos claramente la independencia no hay ley de transitoriedad que la cierre absolutamente. Por eso es ocioso discutir según qué detalles.

Y un último apunte final. Los partidos contrarios al referéndum se han apresurado a anunciar el final del “proceso”. Sin embargo, si el referéndum confirma la voluntad democrática de independencia, el verdadero proceso comenzará el 2-O: un periodo constituyente en el que se deberá demostrar que la lucha ha valido la pena.

EL TEMPS