Pacto de San Sebastián y moción de censura (1930-2018)

Con motivo del reciente triunfo de la moción de censura contra Mariano Rajoy y su gobierno, eldiario.es citaba unas declaraciones de Pablo Iglesias. En ellas aludía al Pacto de San Sebastián, del 17 de agosto de 1930, como un antecedente histórico semejante al que se había gestado para aunar esfuerzos en pro de la victoria en la mencionada moción.

El 17 de agosto de 1930 se reunieron en el hotel de Londres en ágape rápido para trasladarse a las tres de la tarde al domicilio social de Unión Republicana, sita en la Calle Garibay de la bella Easo, actuando como anfitrión Fernando Sasiain, presidente del Círculo Republicano y futuro alcalde donostiarra, las siguientes personalidades y fuerzas antidinásticas:

-Alejandro Lerroux, por el Partido Republicano Federal, y Manuel Azaña, por Acción Republicana, ambos integrados en Alianza Republicana.

-Marcellí Domingo, Álvaro de Albornoz y Ángel Galarza, por el Partido Radical-Socialista.

-Niceto Alcalá-Zamora y Miguel Maura, por Derecha Liberal Republicana.

-Manuel Carrasco y Formiguera, por Acció Catalana.

-Macià Mallol i Bosch, por Acció Republicana de Catalunya.

-Jaume Aiguader, por Estat Català.

-Santiago Casares Quiroga, por la Federación República Gallega.

-Indalecio Prieto, Felipe Sánchez Román y Eduardo Ortega y Gasset acudieron a título personal. Gregorio Marañón no pudo asistir, pero envió una carta de adhesión.

No se levantó acta por escrito ni de los temas tratados ni de los acuerdos alcanzados, según testimonio coincidente de varios protagonistas en sus memorias o relatos del episodio como Carrasco Formiguera, Jaume Aiguader, E. Ortega y Gasset o Lerroux. Sólo conocemos los entresijos de la reunión a través de “una nota oficiosa”, remitida a algunos periódicos de la época como El Sol o La Vanguardia y redactada por el socialista Indalecio Prieto, cuyos términos eran:

“Examinada la actual situación política, todos los representantes concurrentes llegaron, en la exposición de sus peculiares puntos de vista, a una perfecta coincidencia, la cual quedó inequívocamente confirmada en la unanimidad con que se tomaron las diversas resoluciones adoptadas.

La misma absoluta unanimidad hubo al apreciar la conveniencia de gestionar rápidamente y con ahínco la adhesión de las demás organizaciones políticas y obreras, que en el acto previo de hoy no estuvieron representadas, para la finalidad concreta de sumar su poderoso auxilio a la acción que, sin desmayos, pretenden emprender conjuntamente las fuerzas adversas al actual régimen político”.

Ampliando la nota anterior, podemos decir que la cuestión batallona de la reunión fue el criterio mantenido por la representación catalana, expuesto claramente por el señor Carrasco Formiguera en el sentido de que para tomar parte en el hecho revolucionario necesitan ellos el reconocimiento de la personalidad catalana, pues no pueden prescindir de ser catalanes, aunque sean republicanos.

Unánimemente se mantuvo entre los reunidos el criterio de que Cataluña redacte libremente el Estatuto Catalán, sometiéndolo en su día al refrendo de las Cortes Constituyentes.

En este espíritu federalista de la asamblea se dijo también que el mismo criterio habría de seguirse por lo que respecta a otras regiones con personalidad definida, como son las Vascongadas, Galicia, etc., dentro de la unión perfecta de todas ellas.

Se convino ampliar las gestiones de todos los elementos antidinásticos, como el Partido Socialista, la Unión General de Trabajadores, la Confederación General del Trabajo, etcétera […]”

De la lectura del texto se deduce que existe prácticamente una semejanza en relación a la actualidad, la cuestión catalana sigue siendo “batallona”, pero las diferencias son muy notables respecto a la situación vigente, no sólo referentes al contexto, contenido y participantes, sino también en relación a tres ingredientes muy relevantes.

En el Pacto de San Sebastián no participaron los nacionalistas vascos, a la sazón PNV y CNV, aunque sí tres partidos nacionalistas catalanes, los arriba mencionados. Los nacionalistas gallegos estuvieron indirectamente presentes a través de la figura de Santiago Casares Quiroga, representante de la Federación Republicana Gallega, conjunto de fuerzas en el que los dispersos galleguistas, que todavía no habían fundado el Partido Galleguista, habían ingresado. Por otra parte, el pacto donostiarra estaba claramente encaminado a la búsqueda de una unión de fuerzas con el fin de cambiar el régimen político monárquico autoritario y transitar hacia una República, en principio federativa, que aplicase la solución federal no solo al contencioso catalán, sino también a otras “regiones” con personalidad definida como el País Vasco y Galicia. Finalmente, en el momento de la subscripción del acuerdo donostiarra el Estado español carecía de Parlamento. A la dimisión del dictador Primo de Rivera en enero de 1930, que había detentado el poder desde el golpe de estado producido el 13 de septiembre de 1923 y había suprimido las Cortes, sucedió un régimen interino conocido como “La Dictablanda” hasta el 14 de abril de 1931, fecha de la instauración de la II República.

Por tanto, sinceramente creo que la tesitura de 1930 y la actual no tienen parangón posible. Es loable buscar líneas reflexivas y asideros argumentales en la historia, magistra vitae, pero distorsionarla hasta convertir un recio cable de acero en una maleable cuerda de cáñamo no es serio. Llama la atención este grave lapsus en un profesor de Ciencias Políticas, a no ser que la emoción del momento, el deseo irrefrenable de hacerse notar o la subliminal ansia de acceder al poder obnubilen la razón y espesen de niebla el pensamiento.

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